REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
SOLICITUD Nº 6704
SENTENCIA N° 38 - 22062017
SOLICITANTES: RITA GABRIELA INOJOSA, venezolana, mayor edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nros. V-12.762.043
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
DECISIÓN: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante este Tribunal y en ésta misma fecha, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO: a favor de la ciudadana RITA GABRIELA INOJOSA, venezolana, mayor edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nros. V-12.762.043, sobre unas bienechurias levantadas sobre un terreno propiedad Municipal con un área aproximada de DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON TRECE CENTIMETROS CUADRADOS (245,13 Mts2), ubicado en: Calle Principal de José Gregorio Hernández, Casa N° 144, Parroquia Villa de Cura, Municipio Zamora, Entidad Federal del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 18.50 Mts. Con casa que es o fue de Domingo Arteaga; SUR: En 18.50 Mts. Con terreno Municipal, ESTE: En 13.25 Mts. Con Calle Principal de José Gregorio Hernández que es su frente y OESTE: En 13.20. Mts. Con Cochinera. Identificados con el Código Catastral 05- 16- 01- U01- 144, cuyas características y demás determinaciones consta en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, a los Veintidós (22) días del mes de Junio de Dos Mil Diecisiete (2017). Años: 206º de la Independencia y 158º de la Federación
LA JUEZA PROVISORIA.
ABOG: DEL VALLE OSCARELYS TOVAR E.
El SECRETARIO
ABG. DAVID MIRATIA
En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de Doce (12) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
El SECRETARIO.
EXP N° 6704
DVOTE/DM/Javier.
|