REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN VILLA DE CURA.
SOLICITUD Nº 6781
MOTIVO: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA N° 57–28062017
SOLICITANTES: ELIZABETH DEL VALLE OVALLES YNFANTE, venezolana titulas de la cédula de identidad N° V.- 8.732.007
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante este Juzgado y en ésta misma fecha, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: ELIZABETH DEL VALLE OVALLES YNFANTE, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V.- 8.732007, sobre unas bienhechurias levantadas en un lote de terreno municipal, constante de una superficie de DOSCIENTOS ONCE METROS CUADRADOS CON TRES CENTIMETROS (211,03 m2) ubicado en: Calle Medina Angarita, casa N° 24-1, Sector El Rincón, Parroquia Villa de Cura, Municipio Zamora del estado Aragua, cuyos linderos son: NORTE: En 24,45 + 2,40 Mts con Casa que es o fue de la Familia Ovalles; SUR: En 11,94 + 2,85 + 14,59 Mts con casa que es o fue de la Familia Ovalles; ESTE: En 8,51 + 3,10 + 0,90 Mts con casa que es o fue de la Familia Ovalles y OESTE: En 6,13 + 6,00 Mts con casa que es o fue de la Ovalles calle Medina Ängarita que es su frente; identificados con el Código Catastral, N° 05-16-03-U01-24-1, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura a los veintiocho (28) días del mes de junio (06) de Dos Mil Diecisiete (2017). Años 205° y 158°
LA JUEZA PROVISORIA.
ABOG: DEL VALLE OSCARELYS TOVAR E.
EL SECRETARIO.
ABOG: DAVID MIRATIA.
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de trece (13) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
EL SECRETARIO
ABOG: DAVID MIRATIA.
SOLICITUD N° 6781
DVOTE/DM/ILEANA G.
|