REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE


TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.


SOLICITUD Nº 6779
SENTENCIA N° 62_ - 29062017
SOLICITANTE: WENDY CAROLINA LEDEZMA DE RUOFF, venezolana, mayor de edad, casada, civilmente hábil y titular de la cedula de identidad N° V.- 16.537.244.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: DECRETO DE TÍTULO SUPLETORIO
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA

Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante este Tribunal y en ésta misma fecha, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TÍTULO SUPLETORIO: a favor del ciudadano: WENDY CAROLINA LEDEZMA DE RUOFF, venezolana, mayor de edad, casada, civilmente hábil y titular de la cedula de identidad N° V.- 16.537.244, sobre unas bienhechurías levantadas sobre un terreno de propiedad Municipal con un área aproximada de CIENTO VEINTISIETE CON SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (127,65m2), ubicado en: Calle Principal, Casa N°57, Sector José Gregorio Hernández, Parroquia Villa De Cura, Municipio Zamora, Entidad Federal Del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 13,80 MTS. Con Callejón La Capilla; SUR: En 13,80 MTS. Con casa que es o fue de Viviana Leal; ESTE: En 9.25 MTS. Calle Principal que es su frente y OESTE: En 9.25 MTS. Con casa que es o fue de Milagros Torrealba. Identificados con el Código Catastral 05 - 16- 01- U01- 57, cuyas características y demás determinaciones consta en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, a los Veintinueve (29) días del mes de Junio de Dos Mil Diecisiete (2017). Años: 206º de la Independencia y 158º de la Federación
LA JUEZA PROVISORIA.

ABOG: DEL VALLE OSCARELYS TOVAR E.
El SECRETARIO

ABG. DAVID MIRATIA


En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de Doce (12) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.

El SECRETARIO.

ABG. DAVID MIRATIA


EXP N° 6779
DVOTE/DM/mg.