REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 13 de Junio de 2017.
206° y 158°

EXPEDIENTE: DP11-L-2015-000620

PARTE ACTORA: ANIBAL MONSALVE, titular de la cédula de identidad N° V-6.365.628.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: JUAN CONTRERAS inscritos en el Inpreabogado bajo el Nro. 40.541.

PARTE DEMANDADA: MULTI SERVICIOS GUTDY GS, C.A.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JOSÉ LUIS LEDEZMA GARCÍA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 82.278.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

Examinado el contenido de la sentencia proferida por el Superior Segundo del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del estado Aragua, de fecha 13/10/2016, que corre inserta en los folios 200 al 205 del expediente, ambos inclusive, donde ratifico el contenido de la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, quedando definitivamente firme todos los conceptos acordado por el referido Juzgado de Primera Instancia en sentencia de fecha 21 de Junio de 2016, (folios 178 al 187) quedando establecido de la siguiente manera:
1.-Se ratifica la suma de Bs. 13.646,56 acordada por concepto de garantía de prestaciones sociales. Así se decide.
2.- Se ratifica la suma de Bs. 5.432,77, acordada por concepto de Vacaciones y Bono Vacacional vencidos y fraccionados de los periodos 2009 al 2013 y fracción año 2014. Así se decide.
3.-Se ratifica la suma de Bs. 4.962,30, acordada por concepto de Utilidades vencidas y fraccionadas de los años 2009 al 2013. Así se decide.
4.- Se ratifica la suma de Bs. 13.646,56 acordada por concepto de Indemnización por Despido. Así se decide.
5.-Se ratifica la suma Bs. 31.069,22 por concepto de Salarios Caídos. Así se decide.
6.- Se ratifica la suma de Bs. 24.034,75 acordada por concepto de Beneficio de Alimentación desde el año 2009 hasta el año 2014. Así se decide.

Sumadas las cantidades antes acordadas arroja un total de NOVENTA Y DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS BOLÍVARES CON DIECISÉIS CÉNTIMOS (Bs. 92.792,16), que es la cantidad que se acuerda a favor del accionante por los conceptos antes indicados. Así se declara.
Se ratifica la procedencia los intereses moratorios y corrección monetaria, en los mismo términos establecido por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.
En cuanto a los intereses generados sobre las prestaciones sociales, se ordena a calcular por experticia complementaria del fallo, la cual será practicada según lo dispuesto en la norma antes indicada, rigiéndose la experticia complementaria del fallo in comento bajo los siguientes parámetros: 1º) Será realizada por el Juez Ejecutor que resulte competente. 2º) Para la cuantificación el Juez Ejecutor utilizará la tasa fijada por el Banco Central de Venezuela en cada uno de los periodos, conforme al artículo 143 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras; para lo cual se considerará el tiempo de duración de la relación laboral. Así se decide.
En lo que respecta a los intereses moratorios causados por la falta de pago de las sumas condenadas a favor de la demandante, son acordados, en ese sentido, los mismos serán cuantificados a través de una experticia complementaria del fallo, conforme lo indicado en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, rigiéndose la experticia complementaria del fallo in comento bajo los siguientes parámetros: 1º) Será realizada por el Juez Ejecutor que resulte competente. 2º) Para la cuantificación el Juez Ejecutor utilizará la tasa fijada por el Banco Central de Venezuela, 3º) La cuantificación de los intereses moratorios se realizará a partir de la fecha de terminación de la relación de trabajo hasta la fecha de ejecución del presente fallo. 4º) Para el cálculo de los enunciados intereses de mora no operará el sistema de capitalización de los propios intereses. Así se decide.
Se ordena la corrección monetaria sobre las cantidades condenadas a pagar a cada uno de los demandantes, de la manera siguiente: a) sobre la prestaciones sociales y los intereses generados la misma desde la fecha de terminación de la relación laboral hasta su pago efectivo y por los demás conceptos condenados, desde la fecha de notificación de la demanda hasta la fecha de su pago efectivo, excluyendo en ambos supuestos únicamente el lapso en que el proceso haya estado suspendido por acuerdo de las partes, o haya estado paralizado por motivos no imputables a ellas, es decir, caso fortuito o fuerza mayor, como vacaciones judiciales. El cálculo lo efectuará el Juez Ejecutor competente, ajustando su dictamen al Índice de Precios al Consumidor, publicados en los respectivos boletines emitidos por el Banco Central de Venezuela. Así se declara.
En caso de no cumplimiento voluntario de la sentencia, el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo competente, aplicará lo dispuesto en el artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.

En base a lo anteriormente transcrito, esta Juzgadora procede a realizar los cálculos ordenados, bajo los parámetros supra señalados de la siguiente manera:
INTERESES PRESTACIONES SOCIALES
Fecha Salario Días Antigüedad Antigüedad Tasa Intereses
Integral Acumulada
25/05/2009 Ingreso
Jun-09
Jul-09
Ago-09
Sep-09 33,92 5 169,60 169,60 18,62 2,63
Oct-09 33,92 5 169,60 339,20 20,35 5,75
Nov-09 33,92 5 169,60 508,80 18,84 7,99
Dic-09 33,92 5 169,60 678,40 18,94 10,71
Ene-10 33,92 5 169,60 848,00 18,96 13,40
Feb-10 33,92 5 169,60 1.017,60 18,55 15,73
Mar-10 37,64 5 188,20 1.205,80 18,36 18,45
Abr-10 37,64 5 188,20 1.394,00 17,95 20,85
May-10 43,40 5 217,00 1.611,00 17,93 24,07
Jun-10 43,40 5 217,00 1.828,00 17,65 26,89
Jul-10 43,40 5 217,00 2.045,00 17,73 30,21
Ago-10 43,40 5 217,00 2.262,00 17,97 33,87
Sep-10 43,40 5 217,00 2.479,00 17,43 36,01
Oct-10 43,40 5 217,00 2.696,00 17,70 39,77
Nov-10 43,40 5 217,00 2.913,00 17,76 43,11
Dic-10 43,40 5 217,00 3.130,00 17,89 46,66
Ene-11 43,40 5 217,00 3.347,00 17,53 48,89
Feb-11 43,40 5 217,00 3.564,00 17,85 53,01
Mar-11 43,40 5 217,00 3.781,00 17,13 53,97
Abr-11 43,40 5 217,00 3.998,00 17,69 58,94
May-11 50,04 5 250,20 4.248,20 18,17 64,32
Adicionales 50,04 2 100,08 4.348,28 18,17 65,84
Jun-11 50,04 5 250,20 4.598,48 17,41 66,72
Jul-11 50,04 5 250,20 4.848,68 18,51 74,79
Ago-11 50,04 5 250,20 5.098,88 17,37 73,81
Sep-11 55,05 5 275,25 5.374,13 17,50 78,37
Oct-11 55,05 5 275,25 5.649,38 18,28 86,06
Nov-11 55,05 5 275,25 5.924,63 16,35 80,72
Dic-11 55,05 5 275,25 6.199,88 15,55 80,34
Ene-12 55,05 5 275,25 6.475,13 16,90 91,19
Feb-12 55,05 5 275,25 6.750,38 15,65 88,04
Mar-12 55,05 5 275,25 7.025,63 15,43 90,34
Abr-12 55,05 5 275,25 7.300,88 16,31 99,23
May-12 55,05 5 275,25 7.576,13 16,75 105,75
Adicionales 55,05 4 267,08 7.843,21 16,75 109,48
Jun-12 0,00 0,00
Jul-12 0,00 0,00
Ago-12 55,19 15 827,85 8.671,06 16,51 357,90
Sep-12 0,00 0,00
Oct-12 0,00 0,00
Nov-12 55,19 15 827,85 9.498,91 15,94 378,53
Dic-12 0,00 0,00 0,00
Ene-13 0,00 0,00 0,00
Feb-13 55,19 15 827,85 10.326,76 16,43 424,17
Mar-13 0,00 0,00
Abr-13 0,00 0,00
May-13 55,33 15 829,95 11.156,71 15,63 435,95
Jun-13 0,00 0,00
Jul-13 0,00 0,00
Ago-13 55,33 15 829,95 11.986,66 16,56 496,25
Sep-13 0,00 0,00
Oct-13 0,00 0,00
Nov-13 55,33 15 829,95 12.816,61 15,36 492,16
Dic-13 0,00 0,00
Ene-14 0,00 0,00
Feb-14 55,33 15 829,95 13.646,56 16,27 555,07
28/03/2014 0,00
INTERESES PRESTACIONES SOCIALES 4.985,95


DETERMINACION SALDO DEUDOR PARA COMPUTO INTERESES MORATORIOS
EXCLUYENDO SALARIOS CAIDOS-BENEFICIO ALIMENTACION
MONTO SENTENCIADO 92.792,16
MENOS SALARIOS CAIDOS -31.069,22
MENOS BENEFICIO ALIMENTACION -24.034,75
SALDO DEUDOR 37.688,19
INTERESES MORATORIOS
PERIODO DESDE 28/03/2014 HASTA EFECTIVO PAGO
Fecha Saldo Deudor Tasa Intereses
28/03/2014 37.688,19 15,05 472,67
Abr-14 37.688,19 15,44 484,92
May-14 37.688,19 15,54 488,06
Jun-14 37.688,19 15,56 488,69
Jul-14 37.688,19 15,86 498,11
Ago-14 37.688,19 16,23 509,73
Sep-14 37.688,19 16,16 507,53
Oct-14 37.688,19 16,56 520,10
Nov-14 37.688,19 16,96 532,66
Dic-14 37.688,19 16,85 529,21
Ene-15 37.688,19 16,76 526,38
Feb-15 37.688,19 16,56 520,10
Mar-15 37.688,19 16,71 524,81
Abr-15 37.688,19 17,22 540,83
May-15 37.688,19 16,99 533,60
Jun-15 37.688,19 17,10 537,06
Jul-15 37.688,19 17,38 545,85
Ago-15 37.688,19 17,49 549,31
Sep-15 37.688,19 17,86 560,93
Oct-15 37.688,19 18,13 569,41
Nov-15 37.688,19 18,16 570,35
Dic-15 37.688,19 18,05 566,89
Ene-16 37.688,19 17,86 560,93
Feb-16 37.688,19 17,05 535,49
Mar-16 37.688,19 17,93 563,12
Abr-16 37.688,19 17,88 561,55
May-16 37.688,19 18,36 576,63
Jun-16 37.688,19 18,12 569,09
Jul-16 37.688,19 18,07 567,52
Ago-16 37.688,19 18,54 582,28
Sep-16 37.688,19 18,25 573,17
Oct-16 37.688,19 18,69 586,99
Nov-16 37.688,19 18,60 584,17
Dic-16 37.688,19 18,71 587,62
Ene-17 37.688,19 17,76 557,79
Feb-17 37.688,19 18,13 569,41
Mar-17 37.688,19 18,29 574,43
Abr-17 37.688,19 18,08 567,84
May-17 37.688,19 18,08 567,84
05/06/2017 37.688,19 18,08 94,64
TOTAL INTERESES MORATORIOS 21.357,69


DETERMINACION MONTO INDEXAR PARA COMPUTO CORRECCION MONETARIA
PRESTACIONES SOCIALES 13.646,56
INTERESES PRESTACIONES SOCIALES 4.985,95
INDEXAR 18.632,51





CORRECCION MONETARIA
PRESTACIONES SOCILAES E INTERESES
PERIODO DESDE 28/03/2014 HASTA EFECTIVO PAGO
MONTO IPC IPC FACTOR MONTO MONTO
INDEXAR FINAL INICIAL CORRECCION AJUSTADO AJUSTE

18.632,51 2146,1 547,3 3,921249772 73.062,73 54.430,22
AJUSTE 54.430,22

Lapso Excluir
Hábiles Inhábiles Total Días
1145 154 991

MONTO AJUSTE MONETARIO PARAMETROS SENTENCIA 47.109,47

EXCLUYENDO SALARIOS CAIDOS-Y BENEFICIO ALIMENTACION
VACACIONES-BONO VACACIONAL VENCIDOS Y FRACCIONADOS 5.432,77
UTILIDADES VENCIDAS Y FRACCIONADAS 4.962,30
INDEMNIZACION POR DESPIDO 13.646,56
INDEXAR 24.041,63

CORRECCION MONETARIA
PRESTACIONES SOCILAES E INTERESES
PERIODO DESDE NOTIFICACION DEMANDADA (16/07/2015); HASTA EFECTIVO PAGO
MONTO IPC IPC FACTOR MONTO MONTO
INDEXAR FINAL INICIAL CORRECCION AJUSTADO AJUSTE

24.041,63 2146,1 1338,3 1,603601584 38.553,20 14.511,57
AJUSTE 14.511,57

Lapso Excluir
Hábiles Inhábiles Total Días
2109 110 1999

MONTO AJUSTE MONETARIO PARAMETROS SENTENCIA 13.754,68

RESUMEN
MONTO SENTENCIADO 92.792,16
INTERESES PRESTACIONES SOCIALES 4.985,95
INTERESES MORATORIOS 21.357,69
AJUSTE MONETARIO PRESTACIONES SOCIALES E INTERESES 47.109,47
AJUSTE MONETARIO DEMAS CONCEPTOS LABORALES 13.754,68
MONTO TOTAL CONDENADO 179.999,95


En consecuencia, la suma de los conceptos supra indicados, y establecidos en la sentencia dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en fecha 21/06/2016 más los interés, intereses moratorios hoy calculado y la corrección monetaria, arroja un total de CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLIVARES CON NOVENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 179.999,95), monto este que debe pagar la parte demandada a favor del actor. Así se decide.
Se le advierte a la parte demandada que en fase de ejecución, se admitirá recurso de apelación, dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la presente decisión, de conformidad a lo establecido en el artículo 186 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese, regístrese, déjese copia de la presente decisión.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Audiencias del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, a los trece (13) días del mes de Junio de 2017. Años: 206º de la Independencia y 158º de la Federación.
La Jueza,

KATHERINE GONZALEZ TORRES

La Secretaria,

ABOG. BETHSI RAMIREZ

En la misma fecha siendo las 09:45 a.m se publicó y se registró la anterior sentencia.

La Secretaria,

ABOG. BETHSI RAMIREZ




Asunto N° DP11-L-2015-000620
KGT/br