REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio De la Coordinación
Laboral del Estado Aragua
Maracay, veintiocho de marzo de dos mil diecisiete
206º y 158º
ASUNTO: DP11-L-2016-000639
PARTE ACTORA: ELIO JOSE AYALA MAYOR, titular de la cédula de identidad Nº V-11.986.401.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: HECTOR CASTELLANOS, BELLA MORENO, CARLOS NIEVES, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos.54.939, 64.857, y 204.359, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: La Entidad de Trabajo PEPSICO ALIMENTOS, S.C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: VICTOR DURAN, ESTHER BLONDET, EIRYS MATA, YANET AGUIAR, BERNARDO WALLIS, PEDRO SAGHY, LARISA CHACIN, MARIA JIMENEZ, YEOSHUA BOGRAD, RODNY VALBUENA, AZAEL ZOCORRO y MARIA GONZALEZ, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos. 51.163, 70.731, 76.888, 76.526, 81.406, 85.559, 119.736, 195.194, 198.656, 216.996, 219.070 y 225.420, respectivamente.
MOTIVO: ENEFERMEDAD OCUPACIONAL.
Ingresado como se encuentra el presente expediente procedente del Juzgado Primero (1º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Aragua, y estando dentro del lapso establecido para admitir las pruebas en el presente procedimiento de conformidad con lo establecido en el Artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal expone lo siguiente:
PRUEBAS DE LA PARTE ACTORA
CAPITULO I
PRINCIPIO DE LA COMUNIDAD DE LA PRUEBA
En lo que respecta al principio de la comunidad de la prueba, que rige en todo el sistema probatorio venezolano y que el Juez está obligado a aplicarlo de oficio, sin necesidad de alegación de las partes, conforme al cual una vez consten en autos dejan de pertenecer a la promoverte para tener como finalidad el esclarecimiento de la controversia, independientemente de la parte a la que favorezcan; dicho principio no constituye un medio de prueba consagrado en nuestra legislación vigente; razón por la cual este Tribunal se abstiene de emitir pronunciamiento sobre su admisibilidad. Asimismo con respecto a la convención colectiva suscrita entre las partes y las sentencias invocada por la parte promevente, este Tribunal considera necesario indicar que la misma tiene un carácter jurídico distinto al resto de los contratos y permite asimilarla a un acto normativo que debido a los requisitos que deben confluir para su formación y vigencia, debe considerarse derecho y no simples hechos sujetos a las reglas generales de la carga de alegación y prueba que rigen para el resto de los hechos aducidos por las partes en juicio. Por tanto, en atención al Principio Iure Novit Curia, se inadmite por no ser medio probatorio, así se decide.
CAPITULO II
DOCUMENTALES
Vistas las documentales consignadas por la parte actora en la presente causa, el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 77 y 78 de la Ley Adjetiva Laboral, las admite por cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación que haga en la definitiva, las que se señalan a continuación:
-Marcado con la letra “A”, cursante desde el folio 58 al 78, constante de 41 folios útiles, promueve copia certificada del expediente administrativo Nº ARA-07-IE-11-0448 de fecha 10 de febrero 2015.
-En relación a la prueba marcada “A1, A2 y A3”, este juzgado las inadmite en virtud de que fue admitida en el particular que antecede y se patentiza la duplicidad de pruebas para demostrar un mismo hecho, así se establece.
-Marcado con la letra “B”, cursante en los folios 79 y 80, constante de 02 folios útiles, promueve copia certificada de Certificación de Enfermedad de fecha 15 del mes de noviembre del año 2011.
-Marcado con la letra “C”, cursante en el folio 90, constante de 1 folios útiles, promueve original de informe médico de fecha 25 del mes de enero del año 2011, suscrito por el médico neurocirujano Dr. JUAN HERNANDEZ.
-Marcado con la letra “D”, cursante desde el folio 91, constante de 1 folios útiles, promueve original de informe médico de fecha 20 del mes de febrero del año 2013, suscrito por el médico neurocirujano Dr. JUAN HERNANDEZ.
-Marcado con la letra “E”, cursante en el folio 92, constante de 1 folios útiles, promueve original de informe médico de fecha 23 del mes de enero del año 2015, suscrito por la médico fisiatra Dra. ROSMIRA BARBERA FLORES.
-Marcado con la letra “F”, cursante en el folio 81, constante de 01 folio útil y “F1, F2, F3, F4, F5, F6 Y F7”, cursante desde el folio 83 a la 89, constante de 06 folios útiles, promueve copia de reposos emitidos por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales debidamente recibidos por la entidad de trabajo.
-En cuanto a la documental marcada con la letra “F”, cursante en el folio 82 de la presente pieza en donde el cual consigna la parte promovente Informe Medico suscrito por el médico neurocirujano Dr. JUAN HERNANDEZ en fecha 10 del mes marzo del año 2015, este juzgado se abstiene de emitir pronunciamiento alguno en virtud de que no se encuentra debidamente promovido en el escrito de pruebas.
CAPITULO III
DE LA EXPERTICIA
Con respecto a la prueba de Experticia promovida en este capítulo, éste Tribunal considera que los hechos que se tratan de probar con la misma, se pueden perfectamente constar en los autos mediante la correspondiente certificación del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral, el cual consta en el presente asunto a los folios 79 y 80, por lo que este Tribunal de acuerdo con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que faculta a el Juez debe desechar las pruebas que aparezcan manifiestamente ilegales o impertinentes, inadmite dicha prueba, así se establece.
PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDADA
I
DE LAS CONFESIONES ESPONTANEAS
La demandada efectúa una serie de consideración que no constituye un medio de prueba previsto en la Legislación Venezolana, por lo que este Tribunal no tiene pronunciamiento que efectuar con respecto a su admisión, así se establece.
II
DE LAS PRUEBAS DOCUMENTALES
Asimismo, vista las documentales consignadas por la parte demandada en la presente causa, el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 77 y 78 de la Ley Adjetiva Laboral, las admite por cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación que haga en la definitiva, las que se señalan a continuación:
-Marcado “A.1”, cursante en el folio 02, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada Signada con el Nº 1, promueve en 01 folio útil copia de Planilla de Registro (Renovación) Comité de Seguridad y Salud Laboral de fecha 29 del mes de noviembre de 2011, recibido por la Unidad Regional de Epidemiología del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
-Marcado “A.2”, cursante en el folio 03, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada Signada con el Nº 1, promueve en 01 folios útil, copia de Planilla de Registro (Renovación) Comité de Seguridad y Salud Laboral de fecha 01 del mes de julio de 2013, recibido por la Unidad Regional de Epidemiología del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
-Marcado “A.3”, cursante en el folio 04, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada Signada con el Nº 1, promueve en 01 folios útil, copia de Planilla de Registro (Renovación) Comité de Seguridad y Salud Laboral de fecha 24 del mes de octubre de 2013, recibido por la Unidad Regional de Epidemiología del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
-Marcado “A.4”, cursante en el folio 05, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada Signada con el Nº 1, promueve en 01 folios útil, copia de Planilla de Registro (Renovación) Comité de Seguridad y Salud Laboral de fecha 05 del mes de diciembre de 2013, recibido por la Unidad Regional de Epidemiología del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
-Marcado “A.5”, cursante en el folio 06, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada Signada con el Nº 1, promueve en 01 folios útil, copia de Planilla de Registro (Renovación) Comité d Seguridad y Salud Laboral de fecha 08 del mes de julio de 2014, recibido por la Unidad Regional de Epidemiología del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
-Marcado “A.6”, cursante en el folio 07, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada Signada con el Nº 1, promueve en 01 folios útil, copia de Planilla de Registro (Renovación) Comité de Seguridad y Salud Laboral de fecha 02 del mes de marzo de 2015, recibido por la Unidad Regional de Epidemiología del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
-Marcado “A.7”, cursante en el folio 08, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada Signada con el Nº 1, promueve en 01 folios útil, copia de Planilla de Registro (Renovación) Comité de Seguridad y Salud Laboral de fecha 30 del mes de marzo de 2016, recibido por la Unidad Regional de Epidemiología del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
-Marcado “B.1”, cursante desde el folio 09 al 13, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada Signada con el Nº 1, promueve en 05 folios útiles copia de Constancia de Registro de Delegados de Prevención de fecha 02 del mes de noviembre de 2011, recibido por la Unidad Regional de Epidemiología del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
-Marcado “B.2”, cursante desde el folio 14 al 22, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada Signada con el Nº 1, promueve en 09 folios útiles copia de Constancia de Registro de Delegados de Prevención de fecha 19 del mes de noviembre de 2013, recibido por la Unidad Regional de Epidemiología del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
-Marcado “B.3”, cursante desde el folio 23 al 27, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada Signada con el Nº 1, promueve en 05 folios útiles copia de Constancia de Registro de Delegados de Prevención de fecha 07 del mes de julio de 2013, recibido por la Unidad Regional de Epidemiología del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
-Marcado “B.4”, cursante desde el folio 28 al 30, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada Signada con el Nº 1, promueve en 03 folios útiles copia de Constancia de Registro de Delegados de Prevención de fecha 07 del mes de marzo de 2008, recibido por la Unidad Regional de Epidemiología del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
-Marcado “B.5”, cursante en los folios 31 y 32, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 1, promueve en 02 folios útiles copia de Constancia de Registro de Delegados de Prevención de fecha 03 del mes de noviembre de 2008, recibido por la Unidad Regional de Epidemiología del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
Marcado “B.6”, cursante desde el folio 33 al 37, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada Signada con el Nº 1, promueve en 05 folios útiles copia de Constancia de Registro de Delegados de Prevención de fecha 27 del mes de mayo de 2009, recibido por la Unidad Regional de Epidemiología del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
-Con respecto a la documental Marcado “C.1”, cursante desde folios 38 al 280 de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 1, constante de 243 folios, promovió Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo 2012-2013.
-Marcado “C.2”, cursante en el folio 98 de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 2, constante de 01 folio promueve copia de Acta de Aprobación por el Comité de Seguridad y Salud Laboral de Pepsico Alimentos S.C.A. del programa de seguridad y salud.
-Con respecto a la documental Marcado “C.3”, cursante desde folios 99 al 218 de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 2, constante de 120 folios, promovió Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo 2015-2016.
-Con respecto a la documental Marcado “D.1”, cursante desde folios 65 al 97 de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 2, constante de 32 folios, promovió Programa de Recreación, Utilización de Tiempo Libre, Descanso y Turismo Social de Pepsico Alimentos S.C.A., de fecha 16 del mes de marzo de 2015.
-Con respecto a la documental Marcado “D.2”, cursante desde folios 43 al 64 de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 2, constante de 22 folios, promovió Informe de Evaluación, Seguimiento Y Gestión Del Programa de Recreación, Utilización de Tiempo Libre, Descanso y Turismo Social de Pepsico Alimentos, S.C.A. de fecha 15 del mes de abril de 2015.
-Con respecto a la documental Marcado “D.3”, cursante desde folios 19 al 42 de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 2, constante de 24 folios, promovió Informe de Evaluación, Seguimiento y Gestión del Programa de Recreación, Utilización de Tiempo Libre, Descanso y Turismo Social de Pepsico Alimentos, S.C.A. de fecha 20 del mes de agosto de 2015.
-Con respecto a la documental Marcado “D.4”, cursante desde folios 43 al 64 de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 2, constante de 10 folios, promovió Informe de Evaluación, Seguimiento Y Gestión Del Programa de Recreación, Utilización de Tiempo Libre, Descanso y Turismo Social de Pepsico Alimentos, S.C.A. de fecha 17 del mes de agosto de 2015.
-Con respecto a la documental Marcado “D.5”, cursante desde folios 12 al 18 de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada Signada con el Nº 2, constante de 07 folios, promovió Programa de Recreación, Utilización de Tiempo Libre, Descanso y Turismo Social de Pepsico Alimentos, S.C.A. de fecha 15 del mes de abril de 2015.
-Marcado “E”, cursante desde el folio 219 al 261, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada Signada con el Nº 2, constante de 43 folios útiles, promueve copia de contrato de servicio entre Pepsico Alimentos S.C.A. y Prosalmed C.A.
-Marcado “F”, cursante en el folio 262, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada Signada con el Nº 2, constante de 01 folio útil, promueve copia de constancia de contrato de la póliza de seguro H.C del Sr. AYALA, con la empresa aseguradora privada Seguros Humanitas.
-Marcado “G”, cursante en los folios 263 y 264, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada Signada con el Nº 2, constante de 02 folios útiles, promueve copia de solicitud de seguros colectivos.
-Marcado “H.1”, cursante en el folio 265, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada Signada con el Nº 2, constante de 01 folios útiles, promueve copia de constancia de Entrega de Equipos de Protección debidamente firmada por el actor en señal de aceptación y conformidad.
-Marcado “H.2”, cursante en los folios 266 y 267, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada Signada con el Nº 2, constante de 02 folios útiles, promueve original de control de dotación de equipos de protección personal debidamente firmada por el actor en señal de aceptación y conformidad.
-Marcado “H.3”, cursante en el folio 268, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada Signada con el Nº 2, constante de 01 folio útil, promueve original de constancia de entrega de protector auditivo debidamente firmada por el actor en señal de aceptación y conformidad.
-Marcado “I.1”, cursante en el folio 268,, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada Signada con el Nº 2, constante de 01 folio útil, promueve original de notificación de riesgos elaborada por Pepsico y firmada por el actor en señal de aceptación y conformidad.
-Marcado “I.2”, cursante en los folios 270 y 271, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada Signada con el Nº 2, constante de 02 folios útiles, promueve original de notificación de riesgos y normas de seguridad industrial para los trabajadores y contratistas elaborada por Pepsico y firmada por el actor en señal de aceptación y conformidad.
-Marcado “J”, cursante en el folio 272, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada Signada con el Nº 2, constante de 01 folio útil, promueve original de normas generales elaboradas por Pepsico y firmada por el actor en señal de aceptación y conformidad.
-Marcado “K.1”, cursante en el folio 273, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada Signada con el Nº 2, constante de 01 folio útil, promueve original de carta de compromiso en la cual el actor haber sido informado acerca de las normas en materia de seguridad industrial y la actividad que realiza la empresa.
-Marcado “K.2”, cursante en los folios 274 y 275, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada Signada con el Nº 2, constante de 02 folios útiles, promueve copia de instrumento rellenado por el actor en el que describe las características de su puesto de trabajo.
-Con respecto a la documental Marcado “L.1”, cursante desde folios 276 al 292 de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 2, constante de 17 folios, promovió informe de vigilancia epidemiológica correspondiente a diciembre 2011.
-Con respecto a la documental Marcado “L.2”, cursante desde folios 293 al 308 de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 2, constante de 16 folios, promovió informe de vigilancia epidemiológica correspondiente a enero 2012.
-Con respecto a la documental Marcado “L.3”, cursante desde folios 309 al 312 de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 2, constante de 04 folios, promovió reporte epidemiológico correspondiente a febrero 2012.
-Con respecto a la documental Marcado “L.4”, cursante desde folios 313 al 316 de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 2, constante de 04 folios, promovió reporte epidemiológico correspondiente a marzo 2012.
-Con respecto a la documental Marcado “L.5”, cursante desde folios 317 al 320 de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 2, constante de 04 folios, promovió reporte epidemiológico correspondiente a abril 2012.
-Con respecto a la documental Marcado “L.6”, cursante desde folios 321 al 337 de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 2, constante de 17 folios, promovió reporte epidemiológico correspondiente a mayo 2015.
-Con respecto a la documental Marcado “L.7”, cursante desde folios 338 al 343 de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 2, constante de 17 folios, promovió reporte epidemiológico correspondiente a junio 2012.
-Con respecto a la documental Marcado “L.8”, cursante desde folios 344 al 349 de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 2, constante de 06 folios, promovió reporte epidemiológico correspondiente a julio 2012.
-Con respecto a la documental Marcado “L.9”, cursante desde folios 350 al 355 de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 2, constante de 06 folios, promovió reporte epidemiológico correspondiente a agosto 2012.
-Con respecto a la documental Marcado “L.10”, cursante desde folios 356 al 361 de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 2, constante de 06 folios, promovió reporte epidemiológico correspondiente al 01 septiembre 2012.
-Con respecto a la documental Marcado “L.11”, cursante desde folios 362 al 367 de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 2, constante de 06 folios, promovió reporte epidemiológico correspondiente a octubre 2012.
-Con respecto a la documental Marcado “L.12”, cursante desde folios 368 al 383 de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 2, constante de 16 folios, promovió informe de vigilancia epidemiológica correspondiente a noviembre 2012.
-Con respecto a la documental Marcado “L.13”, cursante desde folios 384 al 242 de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 2, constante de 53 folios, promovió informe de vigilancia epidemiológica correspondiente al año 2013.
-Con respecto a la documental Marcado “L.14”, cursante desde folios 02 al 31 de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 3, constante de 30 folios, promovió informe de vigilancia epidemiológica correspondiente del 01 de abril del 2013 al 30 de junio del 2013.
-Con respecto a la documental Marcado “L.15”, cursante desde folios 32 al 56 de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 3, constante de 25 folios, promovió informe de vigilancia epidemiológica correspondiente del 01 de julio del 2013 al 31 de julio del 2013.
-Con respecto a la documental Marcado “L.16”, cursante desde folios 57 al 104 de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 3, constante de 48 folios, promovió informe de vigilancia epidemiológica correspondiente al año 2014.
-Con respecto a la documental Marcado “L.17”, cursante desde folios 105 al 117 de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 3, constante de 13 folios, promovió reporte epidemiológico correspondiente a julio año 2015.
-Con respecto a la documental Marcado “L.18”, cursante desde folios 118 al 179 de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 3, constante de 62 folios, promovió informe de vigilancia epidemiológica correspondiente al año 2015.
-Marcado “M.1”, cursante en el folio 180, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 3, constante de 01 folio útil, promueve certificado de solvencia emitido por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales respecto a Pepsico Alimentos S.A.C.
-Marcado “M.2”, cursante en el folio 181, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 3, constante de 01 folio útil, promueve original de registro en el IVSS (forma 14-02) del actor emitido por el mencionado instituto.
-Marcado “N.1 y N.2”, cursante desde folios 182 al 192, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 3, constante de 11 folio útil, promueve original de registro en el IVSS (forma 14-02) del actor emitido por el mencionado instituto.
-Marcado “O”, cursante en el folio 193, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 3, constante de 01 folio útil, promueve original de contrato individual de trabajo, debidamente firmado por el actor.
-Marcado “P.1”, cursante en los folios 194 y 195, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 3, constante de 02 folio útil, promueve original de recibo de pago y solicitud de vacaciones debidamente firmado por el demandante en señal de recibo y conformidad del periodo vacacional del año 2005.
-Marcado “P.2”, cursante en los folios 196 y 197, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 3, constante de 02 folios útiles, promueve original de recibo de pago y solicitud de vacaciones debidamente firmado por el demandante en señal de recibo y conformidad del periodo vacacional del año 2006.
-Marcado “P.3” cursante en los folios 198 y 199, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 3, constante de 02 folios útiles, promueve original de recibo de pago y solicitud de vacaciones debidamente firmado por el demandante en señal de recibo y conformidad del periodo vacacional del año 2007.
-Marcado “P.4” cursante en los folios 200 y 201, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 3, constante de 02 folios útiles, promueve original de recibo de pago y solicitud de vacaciones debidamente firmado por el demandante en señal de recibo y conformidad del periodo vacacional del año 2008.
-Marcado “P.5” cursante en el folio 202, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 3, constante de 01 folio útil, promueve original de recibo de pago y solicitud de vacaciones debidamente firmado por el demandante en señal de recibo y conformidad del periodo vacacional del año 2013.
-Marcado “P.6” cursante en el folio 203, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 3, constante de 01 folio útil, promueve original de recibo de pago debidamente firmado por el demandante en señal de recibo y conformidad del periodo vacacional del año 2014.
-Marcado “P.7” cursante en el folio 204, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 3, constante de 01 folio útil, promueve original de recibo de pago debidamente firmado por el demandante en señal de recibo y conformidad del periodo vacacional del año 2015.
-Marcado “P.8” cursante en el folio 203, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 3, constante de 01 folio útil, promueve original de recibo de pago debidamente firmado por el demandante en señal de recibo y conformidad del período vacacional del año 2016.
-Marcado “Q.1 a Q.48” cursante desde el folio 206 al 253, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 3, constante de 48 folios útiles, promueve original de recibo de pago correspondiente a nómina.
-Marcado “R.1” cursante en el folio 254, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada Signada con el Nº 3, constante de 01 folio útil, promueve original de formato de solicitud de empleo que contiene información personal del actor, escrita por el mismo.
-Marcado “R.2” cursante en el folio 255, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 3, constante de 01 folio útil, promueve original de síntesis curricular que contiene información personal del actor, escrita por el mismo.
-Marcado “R.3” cursante en el folio 256, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 3, constante de 01 folio útil, promueve copia de constancia de trabajo del Sr. AYALA emitida por Inversiones M.R.Z. C.A., de fecha 25 de octubre de 1994.
-Marcado “R.4” cursante en el folio 257, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 3, constante de 01 folio útil, promueve copia de constancia de trabajo del Sr. AYALA emitida por Vasos Venezolanos C.A., de fecha 08 de junio de 2001.
sMarcado “R.5” cursante en el folio 258, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 3, constante de 01 folio útil, promueve copia de constancia de trabajo del Sr. AYALA emitida por Sanitarios Maracay C.A., de fecha 19 de agosto de 1999.
sMarcado “S.1 a S.8” cursante desde el folio 259 al 266, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 3, constante de 08 folios útiles, promueve original constancia de capacitación para los trabajadores impartida por Pepsico.
-Marcado “T” cursante desde el folio 267 al 273, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 3, constante de 07 folios útiles, promueve copia de constancia de reporte de gastos de traslado por inversión quirúrgica y terapia por enfermedad ocupacional.
-Marcado “U.1” cursante en el folio 274, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 3, constante de 01 folio útil, promueve original de recibo de pago de anticipo de utilidades correspondiente al ejercicio fiscal del año 2012.
-Marcado “U.2” cursante en el folio 275, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 3, constante de 01 folio útil, promueve original de recibo de pago de anticipo de utilidades correspondiente al ejercicio fiscal del año 2013.
-Marcado “U.3” cursante en los folios 276 y 277, de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 3, constante de 02 folios útiles, promueve de recibo de pago de anticipo de utilidades y pago de complemento de utilidades correspondiente al ejercicio fiscal del año 2013.
-Con respecto a la documental Marcado “V”, cursante desde folios 278 al 305 de la pieza denominada Anexos de Pruebas de la Parte Demandada signada con el Nº 3, constante de 28 folios, este Tribunal considera necesario señalar al promovente respecto a las norma CONVENIN 2248-87, referidas al Manejo de Materiales y Equipos y Medidas Generales de Seguridad, que las mismas tiene un carácter jurídico distinto al resto de los contratos y se permite asimilarla a un acto normativo por lo que, motivado a los requisitos que deben confluir para su formación y vigencia, deben considerarse derecho y no simples hechos sujetos a las reglas generales de la carga de alegación y prueba que rigen para el resto de los hechos aducidos por las partes en juicio, por tanto, en atención al Principio Iure Novit Curia, se inadmite por no ser medio probatorio, así se decide.
III
PRUEBA DE EXPERTICIA
En relación a la experticia médica solicitada, este Tribunal niega su admisión por considerar que los hechos que se pretenden demostrar con la misma pueden perfectamente demostrarse con otros medios de pruebas conducentes, aunado al hecho que se evidencia de las actas que conforman el presente expediente, existe original de Certificación de Enfermedad Ocupacional, emitida por el Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laborales – INPSASEL. y que fue admitida como medio de prueba por este Juzgado, por lo que este Tribunal de acuerdo con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que faculta a el Juez debe desechar las pruebas que aparezcan manifiestamente ilegales o impertinentes; razón por la cual se debe inadmitir, dicha prueba. así se establece.
IV
INSPECCION JUDICAL
Con relación a la Inspección Judicial promovida, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la inadmite por considerarla impertinente tomando en consideración la naturaleza de la presente causa (enfermedad ocupacional), así se establece.
V
DE LA PRUEBA DE INFORME
De conformidad a lo establecido en el artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se admite la Prueba de Informes, salvo su apreciación en la definitiva, por tanto, se ordena oficiar a:
-AL SERVICIO MEDICO denominado COORDINADORA DE SALUD, C.A. (HOSPITAL ON-LINE) que mantiene como servicio médico mancomunado a la empresa PEPSICO ALIMENTOS, S.C.A. Ubicado en la Avenida Francisco de Miranda, Multicentro Empresarial del Este, Edif. Libertador, Chacao, Área Metropolitana de Caracas, Núcleo A, oficina A-144 a los fines que informe sobre:
-Indicar si reposa en sus archivos exámenes médicos pre-empelo, pre-vacacionales, post-vacacionales, periódico u post-empleo de procesos practicados al ciudadano ELIO JOSE AYALA MAYOR, titular de la cédula de identidad Nº V-11.986.401, mientras fue trabajador de la empresa PEPSICO ALIMENTOS S.C.A., ubicada en la Planta Santa Cruz de Aragua, Zona Industrial Santa Cruz de Aragua, Av. 02, Santa Cruz, Galpón 24-25-27.
-Remitir constancia de la práctica de dichos exámenes realizados al ciudadano ELIO JOSE AYALA MAYOR, titular de la cedula de identidad Nº V-11.986.401.
Remitir resultados de dichos exámenes médicos.
-AL SERVICIO MEDICO denominado PROSALMED, C.A. (que mantiene como servicio médico mancomunado a la empresa PEPSICO ALIMENTOS, S.C.A. Ubicado en la Avenida José María Vargas, Edificio Ártico, piso 2, oficina 21-B, Departamento de Servicios Médicos, Santa Fe Norte, Caracas a los fines que informe sobre:
Indicar si reposa en sus archivos exámenes médicos pre-empelo, pre-vacacionales, post-vacacionales, periódico u post-empleo de procesos practicados al ciudadano ELIO JOSE AYALA MAYOR, titular de la cédula de identidad Nº V-11.986.401, mientras fue trabajador de la empresa PEPSICO ALIMENTOS S.C.A., ubicada en la Planta Santa Cruz de Aragua, Zona Industrial Santa Cruz de Aragua, Av. 02, Santa Cruz, Galpón 24-25-27.
Remitir constancia de la práctica de dichos exámenes realizados al ciudadano ELIO JOSE AYALA MAYOR, titular de la cedula de identidad Nº V-11.986.401.
Remitir resultados de dichos exámenes médicos.
-INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (CAJA REGIONAL), Ubicada en la Avenida Ayacucho, Edificio Capervi, PB, Maracay. Estado Aragua a los fines que informe sobre:
Indicar si el ciudadano ELIO JOSE AYALA MAYOR, titular de la cédula de identidad Nº V-11.986.401, está o estuvo inscrito en el Seguro Social.
Indicar, si PEPSICO ALIMENTOS, S.C.A figura o ha figurado como patrono del ciudadano ELIO JOSE AYALA MAYOR, titular de la cédula de identidad Nº V-11.986.401.
Indicar, cual es el status del mencionado ciudadano en el Seguro Social.
Indicar, el último salario de referencia para la cotización.
A LA SUPERINTENDENCIA DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO (SUDEBAN), Ubicada en Avenida Francisco de Miranda, Edificio SUDEBAN, Urbanización la Carlota Caracas, a los fines de que se sirva autorizar a:
BANCO MERCANTIL, C.A. BANCO UNIVERSAL, ubicado en Torre Banco Mercantil, Av. Vollmer, San Bernardino, Caracas, a los fines de que informe a este Tribunal sobre:
Indicar, si el ciudadano ELIO JOSE AYALA MAYOR, titular de la cédula de identidad Nº V-11.986.401, es titular de la cuenta Nro. 01050061370061426822.
Indicar que tipo de procedencia es la cuenta.
Remitir al tribunal estado de cuenta completo y discriminado de la respectiva cuenta, del período comprendido entre 20/04/2004 hasta la fecha en que se recibió el presente oficio.
Indicar al tribunal de la causa la cuenta empresarial de la cual provienen los pagos de nomina.
Indicar si en dicha institución bancaria estuvo constituido un Fideicomiso de Prestaciones Sociales a favor del ciudadano ELIO JOSE AYALA MAYOR, titular de la cedula de identidad Nro. V-11.986.401
Remitir estado de cuenta detallado del mencionado Fideicomiso, en el cual se reflejen las cantidades depositadas por PEPSICO ALIMENTOS, S.C.A.
AL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL, Ubicado en Zona Industrial Santa Cruz de Aragua, Galpón C7 y C8 Avenida 2 Municipio San José lamas estado Aragua a los fines que informe sobre:
Indicar si aprobó programas de Seguridad y Salud Laboral de la entidad de trabajo PEPSICO ALIMENTOS, S.C.A., en la Planta de Santa Cruz de Aragua del periodo comprendido del año 2004 al año 2015, de ser cierto remitir copia certificada.
Indicar si PEPSICO ALIMENTOS, S.C.A., realiza periódicamente reuniones establecidas en la LOPCYMAT.
Indicar si PEPSICO ALIMENTOS, S.C.A., discutió y aprobó Reglamento denominado reglamento interno/Estatuto Centro de Trabajo Planta de Santa Cruz de Aragua, estado Aragua de ser cierto remitir copia certificada.
VI
DE LAS TESTIMONIALES
En lo que corresponde a las testimoniales promovidas, las mismas se admiten salvo su valoración en la definitiva, se deja constancia que deberán comparecer en la oportunidad de la audiencia de juicio a rendir sus declaraciones en calidad de testigo, teniendo la parte promovente la carga de presentarlo, sin notificación alguna, a fin de que declaren oralmente ante este Juzgado con relación a los hechos debatidos en el proceso, respondiendo al interrogatorio que les formularán las partes, así como el que les formule la ciudadana Juez del Tribunal, conforme lo establece el artículo 153 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a los siguientes ciudadanos:
1. JUAN BOLIVAR, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.751.245.
2. RAFAEL RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.679.661.
3. JOSE ESPARRAHOZA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.869.821.
4. CAPRILES GODOY, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.478.506.
5. CESAR LIAS, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.357.338.
6. HENRY BOLIVAR, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.853.787.
Por cuanto el domicilio del SERVICIO MEDICO denominado COORDINADORA DE SALUD, C.A. (HOSPITAL ON-LINE) que mantiene como servicio médico mancomunado a la empresa PEPSICO ALIMENTOS S.C.A., SERVICIO MEDICO denominado PROSALMED C.A. (que mantiene como servicio médico mancomunado a la empresa PEPSICO ALIMENTOS S.C.A., SUPERINTENDENCIA DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO (SUDEBAN) y el BANCO MERCANTIL, C.A. BANCO UNIVERSAL, se encuentran fuera del perímetro de esta ciudad se acuerda exhortar a los Juzgados de Juicio del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de la evacuación de la prueba de informes promovida.
LA JUEZ
ABG. SABRINA RIZO ROJAS
EL SECRETARIO
ABG. JOSE NAVA
SRR/JN/af.-
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