REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
La Victoria: Catorce (14) de Marzo de Dos Mil Diecisiete (2.017)
206° y 157°
Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana EDILIA MERCEDES SANABRIA RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.685.377, vistas las declaraciones rendidas por los testigos, ciudadanos: MONSALVE ESTRADA RICARDO JOSÉ, venezolano, mayor edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 9.666.640, domiciliado en CALLE PASAJE MIRANDA, Nº DE CASA 19, MARACAY ESTADO ARAGUA y SOLORZANO CARRASQUEL JULIO CESAR venezolano, mayor edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 10.358.124, domiciliado en VIA COLONIA TOVAR, CALLEJON SARAYAUTA Nº 18, MUNICIPIO JOSÉ FÉLIX RIBAS, LA VICTORIA ESTADO ARAGUA. Éste Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, declara TITULO SUPLETORIO, suficientemente a favor de la ciudadana: EDILIA MERCEDES SANABRIA RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.685.377, sobre un terreno municipal que tiene una superficie aproximada de CIENTO SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y OCHO CENTIMETROS (168,58 M²), Código catastral número 05-02-01-00-00-00-868-53-77, ubicado en Sarayauta Callejón Santa Isabel, Municipio José Félix Ribas La Victoria Estado Aragua, y comprendida dentro de los siguientes linderos: SUR: Con callejón Santa Isabel, nueve metros (9,00 Mts), ESTE: Con cerro, veintiocho con cuarenta centímetros (48,40 Mts), OESTE: Con casa que es o fue de Maribel Rivero, veintitrés metros con veinte centímetros (23,20 Mts), NORTE: Con cerro siete metros con ochenta centímetros (7,80 Mts), con un área de construcción de aproximadamente de Ciento veintiuno metros con sesenta y siete centímetros cuadrados (121,67 Mts²). Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. CÚMPLASE.
LA JUEZ PROVISORIO
ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO
LA SECRETARIA TITULAR
Abg. LLASMIL T. COLMENARES.
En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de Trece (13) folios útiles, a interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.-
LA SECRETARIA TITULAR
Abg. LLASMIL T. COLMENARES
Solicitud Nº 289-16
RDRM/LLC/AM.-
|