REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS, JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


LA VICTORIA: VEINTRES (23) DE MARZO DE DOS MIL DIECISIETE (2017)
206° y 157°

SOLICITUD: 286-17
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTE: EVA EROINA ARMAS DE CASTILLO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-5.620.694
ABOGADO ASISTENTE: LIDIA NOHEMI BELISARIO QUINTERO, Inpreabogado Nº 142.805.


Se recibió la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, según Distribución Nº 357-084, realizada en fecha 16-02-2017, firmado y presentado los recaudos, en fecha 23-02-2017, admitiéndose en fecha 01-03-2017, la solicitud de Únicos y Universales Herederos formulada por la ciudadana EVA EROINA ARMAS DE CASTILLO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-5.620.694, actuando en nombre propio y en representación de mis hijos, ciudadanos ALEXIS EDUARDO CASTILLO ARMAS y ADRIANA CELESTE CASTILLO ARMAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 17.715.387 y V-21.369.673, respectivamente, asistido por la Abogada LIDIA NOHEMI BELISARIO QUINTERO, Inpreabogado Nº 142.805, solicitando se les declare, como los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus ciudadano ALEXIS RAFAEL CASTILLO, quien era venezolano, casada, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.621.937 y falleciera ab intestato, en el Municipio José Félix Ribas, La Victoria, Estado Aragua el día 16-01-2017, como se evidencia de Certificación del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil y Electoral del Municipio José Félix Ribas, Estado Aragua, bajo el Nº 83, que cursa al folio seis (6). Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por los solicitantes y evacuadas por ante éste mismo Tribunal las testimoniales de las ciudadanas BARBA DE LINARES CECILIA ESTELA, venezolana, mayor edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.188.014, domiciliada en La Urbanización La Mora Calle 46 Casa Nº 22, La Victoria, Municipio José Félix Ribas, Estado Aragua y MONTAÑO ARAÑA HILDA MARGARITA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.403.210, domiciliada en Urbanización Vista Hermosa Parcela Nº 3, Casa Nº 20, La Victoria, Municipio José Félix Ribas, Estado Aragua, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, del De Cujus, Ciudadano: ALEXIS RAFAEL CASTILLO, quien era venezolano, casada, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.621.937 a los ciudadanos: EVA EROINA ARMAS DE CASTILLO, ALEXIS EDUARDO CASTILLO ARMAS y ADRIANA CELESTE CASTILLO ARMAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-5.620.694 V-17.715.387 y V-21.369.673, respectivamente. Y ASÍ SE DECIDE. Expídanse copias certificadas de toda la solicitud, para el archivo en éste Tribunal y las que soliciten los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en la Victoria a los veintitrés (23) días del mes de Marzo de 2017. Años 206º de la Independencia y 157º de la Federación.-
LA JUEZA PROVISORIO


ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO

LA SECRETARIA


Abg. LLASMIL T. COLMENARES.

En la misma fecha siendo la 1: 00 pm, se publicó y se registro, se dejo copia de la anterior decisión, previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal.-


LA SECRETARIA


Abg. LLASMIL T. COLMENARES.

RDRM/LLc/atg
Sol Nº 286-17