En horas de Despacho del día de hoy, Once (11) de Mayo de 2016, siendo las 11:30 horas de la mañana, el Juez de este Tribunal, Abogado GUSTAVO POSADA VILLA, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.250.056, comparece y expone: “en el presente Causa de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoado por ZULLY ALEJANDRA FARIAS ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.537.102, contra ENILSE MATILDE RODRIGUEZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nro. 14.448.409, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 15º del Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, me inhibo de seguir conociendo de la presente causa, por cuanto en fecha 05 de Noviembre de 2015, mediante el cual declarò Con Lugar la presente acciòn. En consecuencia, remítase en su oportunidad informe y las copias que señalaré oportunamente, al Juzgado Superior respectivo a fin de que decida la inhibición planteada; igualmente, remítase el presente expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Trànsito de esta misma Circunscripción Judicial a objeto de que siga conociendo de la presente causa.
El Juez,

Abg. Gustavo Posada Villa


La Secretaria,
Abg. Milagro Palma
GP/njc
Exp. Nro. 15120