REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Año 207° y 158°
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2017-000722
PARTE ACTORA: BERNARDO JOSE LEON CABELLO, titular de la cédula de identidad N°.V-8.614.417.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: JOSE DEL VALLE REQUENA MATA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.274
PARTES CODEMANDADAS: Sociedad Mercantil TRANSPORTE J. MATUTE, C.A., YENNY MATUTE VELASQUEZ, titular de la cédula de identidad N°10.799.250; y, DANIS JOEL MATUTE VELASQUEZ titular de la cédula de identidad N° 14.062.692.
ABOGADA ASISTENTE DE LAS CODEMANDADAS: SADHANA QUERALES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 74.724
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy LUNES 22 DE MAYO DE 2017, siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR en el presente asunto que por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales incoara el ciudadano BERNARDO JOSE LEON CABELLO, titular de la cédula de identidad N°.V-8.614.417, contra la entidad de trabajo TRANSPORTE J. MATUTE, C.A., y solidariamente contra las personas naturales YENNY MATUTE VELASQUEZ, titular de la cédula de identidad N°10.799.250 y DANIS JOEL MATUTE VELASQUEZ, titular de la cédula de identidad N° 14.062.692. En consecuencia, este Juzgado da por recibido el presente asunto proveniente de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, con motivo de su distribución, por lo que la Juez se ABOCA al conocimiento de la presente causa. Ahora bien, anunciado como ha sido el acto en la Sala de Espera de los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución, se deja constancia de la comparecencia de la parte actora, ciudadano BERNARDO JOSE LEON CABELLO, titular de la cédula de identidad N°.V-8.614.417, debidamente representado por el abogado JOSE DEL VALLE REQUENA MATA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.274. Asimismo se deja constancia de la comparecencia de la ciudadana MARIA DE LOS ANGELES MATUTE QUERALES, titular de la cédula de identidad N°.V 6.376.564, en su carácter de Administradora de la sociedad mercantil TRANSPORTE J. MATUTE, C.A., y de los ciudadanos YENNY MATUTE VELASQUEZ, titular de la cédula de identidad N°10.799.250; y, DANIS JOEL MATUTE VELASQUEZ titular de la cédula de identidad N° 14.062.692, todos debidamente asistidos por la abogada SADHANA QUERALES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 74.724. En este acto las partes de mutuo acuerdo TRANSARON por la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs.350.000,00) por los siguientes conceptos: indemnización prevista en el articulo 92 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras, vacaciones vencidas y fraccionadas, bono vacacional vencidos y fraccionado y utilidades vencidas y fraccionada. La cancelación del monto acordado se efectúa en este acto mediante cheque N° 00-95423682, del Banco Exterior, de fecha 22 de Mayo de 2017, a nombre de Bernardo José León. Por consiguiente, este Juzgado HOMOLOGA la presente transacción dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras (LOTTT) y los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Organica del Trabajo, por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, todo ello conforme a los artículos 87 y 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Regístrese, Publíquese y guárdese copia certificada. Igualmente las partes solicitan copias certificadas de la presente acta, por lo que se ordena al secretario del Tribunal expedir dos (2) juegos de copias certificadas, de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, las cuales son retiradas en este acto. Es todo. Término, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ
SADY CARDONA MORENO
BERNARDO JOSE LEON CABELLO,
PARTE ACTORA
JOSE DEL VALLE REQUENA MATA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
MARIA DE LOS ANGELES MATUTE QUERALES
ADMINISTRADORA DE TRANSPORTE J MATUTE, C.A.
YENNY MATUTE VELASQUEZ,
DEMANDADA SOLIDARIAMENTE
DANIS JOEL MATUTE VELASQUEZ
DEMANDADO SOLIDARIAMENTE
SADHANA QUERALES
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA
MEICER MORENO
LA SECRETARIA
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