Tribunal Séptimo (7º) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área
Metropolitana de Caracas
Caracas; 12 de mayo de 2017
207° y 158°
PARTE ACTORA: GELVES ARIAS DEIVIS YALI, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 19557.417.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: AGUSTIN GOMEZ, HUMBERTO DECARLI y JOSE PEÑA, abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA), bajo los N° 9.140, 9.928 y 211.263, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL PANADERIA Y PASTELERIA OPERA DELI, C.A., no se evidencian mas datos en el expediente.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: NO ACREDITADO EN AUTOS.
MOTIVO: DESISTIMIENTO (RECURSO DE APELACION).
EXPEDIENTE Nº: AP21-R-2017-000343.
Han subido a esta Superioridad las actuaciones del presente expediente en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión de fecha 30 de marzo de 2017, dictada por el Juzgado Trigésimo Primero (31º) Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas; todo con motivo del juicio incoado por la ciudadana Gelves Arias Deivis Yali contra la sociedad mercantil Panadería y Pastelería Opera Deli, C.A.
Por auto de fecha 25/04/2017, se dio por recibido y se fijó la oportunidad para la celebración de la audiencia oral para el día martes 25 de abril de 2017, a las once de la mañana (11:00 a.m.), en el presente expediente, lo cual ocurrió.
Pues bien, siendo que llegado el día y la hora fijada por este despacho a los fines de celebrar la audiencia oral y pública, se dejó constancia de incomparecencia de la parte actora apelante por medio de apoderado judicial alguno así como de cualquier otra parte, razón por la cual este Juzgador, una vez que verificó los extremos de ley (en cuanto a la estadía a derecho de las partes y el acatamiento del debido proceso), declaró, tal como se hará en la parte dispositiva del presente fallo, el desistimiento del recurso interpuesto en fecha 05 de abril de 2017 (ver folios 26 y 27), confirmándose en consecuencia la decisión de fecha 30 de marzo de 2017, dictada por el Juzgado Trigésimo Primero (31º) Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas.
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión de fecha 30 de marzo de 2017, dictada por el Juzgado Trigésimo Primero (31º) Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas; todo con motivo del juicio incoado por la ciudadana Gelves Arias Deivis Yali contra la sociedad mercantil Panadería y Pastelería Opera Deli, C.A., en consecuencia se confirma la decisión recurrida.
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los doce (12) días del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017). Años: 207º y 158º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.-
EL JUEZ
WILLIAM GIMÉNEZ
LA SECRETARIA;
YARELYS SANTAELLA
NOTA: En la misma fecha y previo cumplimiento de las formalidades legales, se dictó y publicó la presente decisión.-
LA SECRETARIA;
WG/YS/rg.
Exp. Nº: AP21-R-2016-000343.-
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