REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL UNICO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 3 de Mayo de 2017
207º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL : DP01-S-2016-006229
ASUNTO : DP01-S-2016-006229
Imputado: LUIS JOSE GUZMAN BRITO
Decisión: SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO
Delito: ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE CON PENETRACION EN ACCION CONTINUADA, previsto y sancionado en el articulo 259 de la ley Orgánica para la protección a niños niñas y adolescentes y el 99 del código penal .
Identificación de las Partes:
Imputado: LUIS JOSE GUZMAN BRITO, de nacionalidad venezolano, de 47 años de edad, natural de Caracas, Distrito Federal, obrero, de estado civil soltero, residenciado en Barrio José Gregorio Hernández, calle segunda, numero 47, parroquia San Pedro de Ovalle, Municipio Girardot, Estado Aragua, cedula V- 6.792.757
Víctima: ANGELICA DE LOS ANGELES MENDOZA SANDOVAL
Fiscal 15: Abogada ZULLY ALVAREZ
Descripción Hecho Objeto de la Investigación
Corresponde a este Tribunal conocer y decidir sobreseimiento conforme a lo dispuesto en el ordinal 1° del artículo 49, 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal:
Las actuaciones tuvieron su inicio en fecha 11-06-2016, Por denuncia de la ciudadana: SANDOVAL DAYANA, ante la SUBDELEGACION CAÑA DE AZUCAR, Maracay Estado Aragua, donde manifestó” Comparezco por ante este Despacho con la finalidad de denunciar al ciudadano: LUIS JOSE GUZMAN BRITO, de nacionalidad venezolano, de 47 años de edad, natural de Caracas, Distrito Federal, obrero, de estado civil soltero, residenciado en Barrio José Gregorio Hernández, calle segunda, numero 47, parroquia San Pedro de Ovalle, Municipio Girardot, Estado Aragua, cedula V- 06.792757, ya que como hace once meses intento abusar de mi hija ANGELICA MENDOZA, aprovechándose que la misma sufre de trastornos mentales leves, por lo que la tengo bajo tratamiento con un psicólogo”.
Fundamentos de hecho y de derecho
Señala este Tribunal que la acción penal se ha extinguido, ya que se recibió en fecha 09 de marzo de 2017, oficio 01058, emanado de la Sub-Delegación de Caña de Azúcar del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Aragua, donde informan del fallecimiento del ciudadano: LUIS JOSE GUZMAN BRITO, titular de la cedula V- 6.792.757, quien figura como imputado en las actas procesales de la presente causa, por uno de los delitos ABUSO SEXUAL ADOLESCENTE CONTINUADO , articulo 259 de la ley orgánica sobre la protección del niño, niña y adolescentes, concatenado con el articulo 99 del Código penal previstos y sancionado en la ley orgánica del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia a la orden de este tribunal, indicado que el día viernes tres de marzo del presente año falleció en el ambulatorio Arsenal , ubicado en el sector 8 de Caña de Azúcar del Estado Aragua, a causa de una insuficiencia cardiaca derecha aguda, trombosis del tronco de la arteria pulmonar.
Establece el artículo 49 del Código Orgánico Procesal: “Son causas de extinción de la acción penal:…1° La muerte del imputado. Por otra parte el artículo 318 Ejusdem: “El Sobreseimiento procede cuando:…3° La acción penal se ha extinguido o resulta acreditada la cosa juzgada.
Lo que implica sin duda alguna la extinción de la acción penal, en consecuencia, opera el Sobreseimiento de la causa por extinción de la acción penal. Y así se decide:
Dispositiva:
El Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: Decreta el Sobreseimiento Definitivo de la causa seguida en contra del acusado: LUIS JOSE GUZMAN BRITO, de nacionalidad venezolano, de 47 años de edad, natural de Caracas, Distrito Federal, obrero, de estado civil soltero, residenciado en Barrio José Gregorio Hernández, calle segunda, numero 47, parroquia San Pedro de Ovalle, Municipio Girardot, Estado Aragua, cedula V- 6.792.757, por su presunta participación en la comisión de los delitos de delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE CON PENETRACION EN ACCION CONTINUADA , articulo 259 de la ley orgánica sobre la protección del niño, niña y adolescentes, concatenado con el articulo 99 del Código penal, en perjuicio de la adolescente ANGELICA DE LOS ANGELES MENDOZA SANDOVAL, conforme a lo dispuesto en el artículo 49 ordinal 1°, 300 ordinal 3º, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por extinción de la acción penal.
Regístrese, publíquese, notifíquese la presente decisión. Ofíciese lo conducente.-
EL JUEZ
ABG. MAGISTER
CRISTOBAL EMILIO MARTINEZ
La Secretaria
CLARISSA MILLAN
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