REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO AGRARIO SUPERIOR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN MARACAY Y CON COMPETENCIA
EN EL ESTADO CARABOBO
(207° y 158°)
Maracay, once (11) de mayo del año 2017.

ACTA DE AUDIENCIA ORAL
LECTURA DE LA DISPOSITIVA DEL FALLO

En horas de Despacho del día de hoy once (11) de mayo del año dos mil diecisiete (2017), siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.), día y hora fijada para la audiencia de lectura de la dispositiva del fallo, presente en la sala de audiencia el abogado Camilo Ernesto Chacón Herrera, Juez Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua y Carabobo, la abogada Libis Alvarez, Secretario Accidental, la ciudadana Vanessa Murga, Alguacil de este Juzgado, la abogada Mirla Montilla, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.099.052, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 156.394, los ciudadanos Pascual José Robles Díaz, Manuel Veronico Robles Díaz, Miguel Antonio Robles Pérez, Olga Teresa Robles de Rodríguez, Ramón Alberto Roble Díaz, Domingo Alberto Robles Díaz, Rafael Tiburcio Robles Díaz, Carmen Belén Robles Díaz, María de Jesús Robles de Montoya, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-4.544.696, V-3.514.409, V-9.690.437, V-7.214.614, V-7.187.470, V-7.227.256, V-7.193.297, V-7.187.471 y V-7.227.244, respectivamente. Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Agrario del estado Aragua con sede en Maracay y con competencia en el estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada Mirla Montilla Ávila, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.099.052, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 156.394, contra el fallo dictado en fecha 04 de abril de 2016, por el Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo. SEGUNDO: En consecuencia, SE CONFIRMA la sentencia dictada por el juzgado a quo, a través de la cual, se declaró SIN LUGAR la ACCIÓN POSESORIA AGRARIA incoada por la Abogada Mirla Montilla Ávila, contra los ciudadanos Miguel Robles, Manuel Robles, Pascual Robles, Rafael Robles, Carmen Robles, Ramón Robles, Olga Robles, Domingo Robles y Maria de Jesús Robles, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-9.690.437; V-3.514.409; V-4.544.696; V-7.193.297; V-7.187.471; V-7.187.470; V-7.214.614; V-7.227.256 y V-7.227.244 respectivamente. TERCERO: No hay condenatoria en costas, por cuanto no consta en autos la asistencia técnica de la parte demandada en la segunda instancia. CUARTO: Publíquese la presente decisión en el portal Web del Tribunal Supremo de Justicia. El ciudadano Juez deja constancia que el Tribunal dispone de diez (10) días continuos siguientes a la fecha de hoy, para la publicación íntegra del fallo en la presente causa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,

ABG. CAMILO ERNESTO CHACÓN HERRERA.

ABOGADA MIRLA MONTILLA.


PASCUAL JOSÉ ROBLES DÍAZ.


MANUEL VERONICO ROBLES DÍAZ.


MIGUEL ANTONIO ROBLES PÉREZ.


OLGA TERESA ROBLES DE RODRÍGUEZ.


RAMÓN ALBERTO ROBLE DÍAZ.


DOMINGO ALBERTO ROBLES DÍAZ.


RAFAEL TIBURCIO ROBLES DÍAZ.


CARMEN BELEN ROBLES DÍAZ.


MARÍA DE JESÚS ROBLES DE MONTOYA.

LA SECRETARIA ACC.

ABG. LIBIS ALVAREZ

EXP.- JSAAC-2016-431
CECH/dss