REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO

Maturín, 08 de Mayo de 2.017.
207° y 158º

Vista las anteriores actuaciones y de conformidad con lo establecido en el artículo 96 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, y por cuanto se evidencia que la Procuraduría General de la República fue notificada, el 02 de Marzo de 2017 tal como se evidencia al folio ciento treinta y dos (132) del presente expediente; es por lo que se suspende la presente causa por un lapso de noventa (90) días continuos, contados a partir del día siguiente al presente auto.

La Jueza,

YELITZA CHACIN SUBERO.

La Secretaria,

CARMEN BELEN MARTINEZ.





Exp. Nº 0428-2016
YCHS/CBM/gtg