REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.


SOLICITANTES: OSWUEL JOSE FERRELLI NAVAS Y DELIVY DEL CARMEN LANDAETA DE FERRELLI, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-18.345.696 y V-16.850.521, respectivamente.

MOTIVO: CONVERSIÓN EN DIVORCIO

EXPEDIENTE N°: 13.331

SENTENCIA DEFINITIVA

En fecha 28 de Enero de 2016, los Ciudadanos: OSWUEL JOSE FERRELLI NAVAS Y DELIVY DEL CARMEN LANDAETA DE FERRELLI, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-18.345.696 y V-16.850.521, respectivamente, debidamente asistidos por la Abogado en Ejercicio: EMILVA ZANELIT LOPEZ ANDUEZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 199.944, presentaron escrito de solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS, la cual fue decretada mediante auto de fecha 16 de Febrero de 2016, de conformidad con lo establecido en el Artículo 762, Parágrafo Primero del Código de Procedimiento Civil, y expresaron que de la unión conyugal no procrearon hijos y no adquirieron bienes.

Mediante diligencia presentada en fecha 18 de Mayo de 2017, suscrita por el ciudadano OSWUEL JOSE FERRELLI NAVAS, antes identificado, solicitó la conversión de la SEPARACIÓN DE CUERPOS en DIVORCIO, siendo que este Tribunal mediante auto de fecha 23 de Mayo de 2.017, ordenó la notificación de la ciudadana DELIVY DEL CARMEN LANDAETA DE FERRELLI, a los fines de que exponga lo que crea conducente en relación a la solicitud de Conversión de la Separación de Cuerpos en Divorcio, librándose exhorto y oficio Nº 454-17.

Mediante diligencia presentada en fecha 25 de Mayo de 2017, suscrita por la ciudadana DELIVY DEL CARMEN LANDAETA DE FERRELLI, antes identificada, se diò por notificada y solicitó la Separación de Cuerpos en Divorcio.


SIENDO LA OPORTUNIDAD PARA DICTAR SENTENCIA EL TRIBUNAL CONSIDERA:

PRIMERO: Que la presente solicitud de Conversión del DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS de los Ciudadanos OSWUEL JOSE FERRELLI NAVAS Y DELIVY DEL CARMEN LANDAETA DE FERRELLI, es procedente conforme a derecho.

SEGUNDO: Que ésta probado en autos que desde el día 16 de Febrero de 2016, fecha en que se decretó la SEPARACIÓN DE CUERPOS, hasta la presente fecha, ha transcurrido más de Un (1) año sin que haya habido reconciliación entre ellos.-



Por las razones que anteceden este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos dictada en fecha 16 de Febrero de 2016 de los ciudadanos OSWUEL JOSE FERRELLI NAVAS Y DELIVY DEL CARMEN LANDAETA DE FERRELLI, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-18.345.696 y V-16.850.521, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 765 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, conforme se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio N° 331, Año 2.012, de fecha 30 de Julio de 2.012.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia del presente fallo.-
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los ( 30 ) días del Mes de Mayo del Año Dos Mil Diecisiete (2017).- Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación.-

EL JUEZ PROVISORIO,


ABG. HECTOR E. TABARES AGNELLI.
LA SECRETARIA,

ABG. INDIRA OROPEZA AÑEZ.



En ésta misma fecha siendo las 01:30 P.M. se registró y publicó la anterior sentencia.
LA SECRETARIA,





EXP. N° 13.331
HET/tt