REPÚBLIICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
EXPEDIENTE: N° 6197
SENTENCIA: N° 26-15052017
SOLICITANTES: MARIA COROMOTO DELGADO DE ACEVEDO y JOSÉ RAFEL ACEVEDO, Venezolanos y titulares de las cedulas de identidad Nos V.-5.156.269 y V.- 11.052.377, respectivamente.
ABOGADOS ASISTENTES: PEDRO PETROCINIO y CATALINAN ESPINOZA, inpreabogados Nos 151.427 Y 218.501 respectivamente.
MOTIVO: DIVORCIO 185-A.
DECISIÓN SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA (PERENCIÓN DE LA INSTANCIA)

Por cuanto este Tribunal observa que desde el 11 de Agosto de 2.014 ha transcurrido mas de un (01) año, desde la ultima actuación que corre inserta al folio 07 del presente expediente, sin que se haya realizado ningún acto de procedimiento entre las partes. En consecuencia este Tribunal administrando justicia en nombre de la republica bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, por haber transcurrido el lapso establecido en el Articulo 267 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se ordena el cierre y archivo del expediente, una vez transcurra el lapso de ley. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en el TRIBUNAL PRIMERO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DEL ESTADO ARAGUA de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua-sede en Villa de Cura a los quince (15) días del mes de mayo (05) de Dos Mil Diecisiete (2.017). Años 205º de la Independencia y 158º de la Federación.
LA JUEZA PROVISORIA


ABOG: DEL VALLE OSCARELYS TOVAR E.

EL SECRETARIO ABOG: DAVID J. MIRATIA
En esta misma fecha cumplió con lo ordenado

EL SECRETARIO
ABOG: DAVID J. MIRATIA
EXP N° 6197
DVOTE/DM/ILEANA G.