REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
SOLICITUD Nº 6700
SENTENCIA N° 33 - 16052017
SOLICITANTES: MARILYN AREVALO y CARLOS ROBERTO AREVALO, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.828.737 y V-12.310.212
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
DECISIÓN: DECRETO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante este Tribunal y en ésta misma fecha, de conformidad con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal considera suficiente las precedentes diligencias para declarar a los ciudadanos: MARILYN AREVALO y CARLOS ROBERTO AREVALO, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.828.737 y V-12.310.212, como los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la de Cujus: DILIA ENRIQUETA AREVALO YZZO, quien era venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad N° V-2.775.418, quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, a los Dieciséis (16) días del mes de Mayo de Dos Mil Diecisiete (2017). Años: 206º de la Independencia y 158º de la Federación
LA JUEZA PROVISORIA.
ABOG: DEL VALLE OSCARELYS TOVAR E.
El SECRETARIO ACCIDENTAL.
ABG. JOSE LUIS PINTO
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de Quince (15) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
EL SECRETARIO ACC.
EXP N° 6700
DVOTE/JLP/Javier
|