REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE


TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.

SOLICITUD Nº 6731
SENTENCIA N° 57 - 31052017
SOLICITANTE: FRANCISCA CORRALES DE CABRERA, venezolana, mayor edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V-1.978.687.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
DECISIÓN: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante este Tribunal y en ésta misma fecha, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO: a favor de la ciudadana FRANCISCA CORRALES DE CABRERA, venezolana, mayor edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V-1.978.687 y de este domicilio, sobre unas bienechurias levantadas sobre terrenos de propiedad Municipal con un área aproximada de CIENTO CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y TRES CENTIMETROS CUADRADOS (153,43 Mts2), ubicado en: Calle Sucre, Casa N° 23-A, Sector Centro, Parroquia Magdaleno, Municipio Zamora, Entidad Federal del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 5.97 Mts. Con Calle Sucre que es su frente; SUR: En 5.97 Mts. Con casa que es o fue de Vicente Cabrera; ESTE: En 25.70 Mts. Con casa que es o fue de José Cabrera y OESTE: En 25.70 Mts. Con casa que es o fue de Alvaro Rojas. Identificados con el Código Catastral 05- 16- 02-U01-23-A, cuyas características y demás determinaciones consta en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, a los Treinta y Uno (31) días del mes de Mayo de Dos Mil Diecisiete (2017). Años: 206º de la Independencia y 158º de la Federación
LA JUEZA PROVISORIA.

ABOG: DEL VALLE OSCARELYS TOVAR E.
El SECRETARIO

ABG. DAVID MIRATIA

En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de Trece (13) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
El SECRETARIO.


EXP N° 6731
DVOTE/DM/Javier.