REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, dieciocho de mayo de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO: DP11-L-2017-000026

PARTE ACTORA: ciudadana NOELY ELIZABETH ALMEIDA MORALES, cédula de identidad No. V-17.984.476.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: MARIA CARILLO, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el No.118.727.

PARTE DEMANDADA: COMERCIALIZADORA SEYER CA y GRUPO MAJES 2015.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS MALAVE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.49.108.

MOTIVO: Prestaciones sociales.

En el día hábil de hoy jueves, en la fecha arriba señalada, siendo las 9:00 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen por la parte actora NOELY ELIZABETH ALMEIDA MORALES, cédula de identidad No. V-17.984.476, debidamente asistida por la abogada MARIA CARILLO, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el No.118.727 y por la entidad de trabajo COMERCIALIZADORA SEYER CA y GRUPO MAJES, comparece el ciudadano LUIS MALAVE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.49.108, en su carácter de apoderado judicial tal como se evidencia del poder que consigno en la respectiva audiencia preliminar. La Juez, verificada la cualidad de las partes declaro abierto el acto. Las partes, haciendo uso de los medios alternativos de resolución de conflictos celebran el presente acuerdo que pone fin al proceso judicial y a todas las diferencias demandadas, donde la parte demandada entrega en un cheque No. 42442421 de fecha 12 de mayo 2017 del Banco Banesco de la cuenta corriente No.01340326123261097939 a nombre de la trabajadora actora por la cantidad de SETENTA MIL BOLÍVARES (Bs.70.000,00), que comprende cada uno de los derechos y pretensiones como consecuencia de la relación de trabajo que los unió. La ciudadana NOELY ELIZABETH ALMEIDA MORALES, cédula de identidad No. V-17.984.476, debidamente asistida por abogada, manifiesta que en virtud del presente acuerdo la demandada no le adeuda cantidad alguna por los conceptos demandados.