REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
206° y 158º
SOLICITUD Nº 7061
SENTENCIA N° 57 -14112017
SOLICITANTE: MERCEDES ZULAY MORILLO BELLO, venezolana, mayor edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.493.402
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: DECRETO DE TÍTULO SUPLETORIO
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA

Vista la solicitud presentada la ciudadana MERCEDES ZULAY MORILLO BELLO, venezolana, mayor edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.493.402, conjuntamente con los recaudos anexos, tales como: documento público que fueron presentados en copias certificadas y protocolizados por ante el Registro Inmobiliario del Municipio Zamora del Estado Aragua, bajo el N° 2010.1621, Asiendo Registral 1 del inmueble matriculado con el N° 280.4.8.1.562, y correspondiente al Libro del año real del año 2010, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 429 del Código de procedimiento Civil y 1356 del Código Civil, igualmente consignó Levantamiento parcelario y Ficha de inscripción Catastral N° 0504E/17, emanados de la Dirección de Catastro, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de los ciudadanos: JOSE LUIS OROPEZA MISLE y MOISEIS RUBEN TORREALBA GONZALEZ, venezolanos, mayores edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.455.725 y V-13.116.534 promovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana MERCEDES ZULAY MORILLO BELLO, venezolana, mayor edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.493.402, sobre una Parcela de terreno de su propiedad con una extensión de terrenos que mide de TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON VEINTICINCO CENTIMETROS CUADRADOS (398,25 Mts2), ubicado en: Calle Principal, Casa N° 08, Sector las Guasduas, Parroquia Villa de Cura, Municipio Zamora, Entidad Federal del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 24.89 Mts. Con Casa que es o fue de la familia Navas; SUR: En 24.89 Mts Con Casa que es o fue de Alida Morillo Nieves; ESTE: En 39.00 Mts. Con Calle principal que es su frente, y OESTE: En 16.00 Mts. Con Casa que es o fue de Estefanía Pérez, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los Catorce (14) días del mes de Noviembre de DOS MIL DIECISIETE (2017).
LA JUEZ,

ABG. DEL VALLE OSCARELYS TOVAR ESTRADA.
EL SECRETARIO.

ABG. DAVID MIRATIA
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de Catorce (14) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
EL SECRETARIO.
Solicitud N° 7061
OTE/dm/Javier