REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
206° y 158º
SOLICITUD Nº 7186
SENTENCIA N° 02-02112017
MOTIVO: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: Balbina Aida Lezama, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-3.882.677.
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: Balbina Aida Lezama, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-3.882.677, conjuntamente con los recaudos anexos, tales como: Ficha de inscripción Catastral N° 0604E/17, Levantamiento parcelario, emanados de la Dirección de Catastro, así como la Autorización expedida por la Sindicatura Municipal del Municipio Zamora, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de los ciudadanas: María Inés Silva y Nelly Rodríguez Alaez, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-17.384.280 y V-10.340.757 respectivamente, promovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: Balbina Aida Lezama, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-3.882.677, sobre unas bienhechurías levantadas en un lote de terreno de propiedad municipal, situado en: La calle 08, Estacionamiento I, vereda N° 01, Local N° 01, Urbanización Francisco de Miranda II, parroquia Villa de Cura, Municipio Zamora del estado Aragua,, cuya área mide aproximadamente DIECIOCHO METROS CUADRADOS CON DIECIOCHO CENTIMETROS CUADRADADOS (18,18 MTS2), cuyos linderos y medidas son las siguientes NORTE: En 03,64 Mts., con Vereda 01, que es su frente; SUR: En 0,80 + 0,70 + 0,60 + 1,00 + 1,00 Mts., con estacionamiento 01; ESTE: En 04,00 Mts., con calle 08; y OESTE: En 05,40 Mts., con estacionamiento 01; cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los Dos (02) días del mes de Noviembre de Dos Mil Diecisiete (2017). Años 206° y 158°.de la Federación.
LA JUEZ,
ABG. DEL VALLE OSCARELYS TOVAR ESTRADA.
EL SECRETARIO
ABG. DAVID MIRATIA
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de Nueve (09) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
EL SECRETARIO
Solicitud N° 7186
OTE/AF/pmcch.-
|