REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ANGEL LAMAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Cagua, 31 de octubre de 2017
207º y 158º
ASIENTO Nro.
ACTUANDO EN SEDE: CIVIL.
SOLICITUD N°: 6736-2017
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITANTE: CONTRERAS SUAREZ MARÍA ANTONIA.-
En relación a la solicitud presentada por la ciudadana: CONTRERAS SUAREZ MARÍA ANTONIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-6.871.660, donde solicita sean declarada ella y los ciudadanos: MASCARREÑO CONTRERAS OLIVER ANGELO JESUS, MASCARREÑO CONTRERAS RAIDER ALBERT JESUS, MASCARREÑO CABEZA MIXAIDA JOSEFINA, MASCARREÑO CABEZA RIDES EDUARDO, MASCARREÑO MEZA JESUS RAFAEL,MASCARREÑO MEZA JUANA ELIZABETH y MASCARREÑO RIVAS RIDES RAMON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros.V-20.055.378, V-22.215.199, 9.677.607, V12.572.620, V-14.578.303, V-17.702.137, V-20.057.268, respectivamente, como los “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del de-cujus, MASCARREÑO DOMINGUEZ RIDES RAMON, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad Nro. V-4.231.167, y de este domicilio y quien falleció ab-intestato, el día 26 de agosto de 2017. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por los mencionados ciudadanos y evacuadas por ante este mismo Tribunal, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos, a los ciudadanos:CONTRERAS SUAREZ MARÍA ANTONIA, MASCARREÑO CONTRERAS OLIVER ANGELO JESUS, MASCARREÑO CONTRERAS RAIDER ALBERT JESUS, MASCARREÑO CABEZA MIXAIDA JOSEFINA, MASCARREÑO CABEZA RIDES EDUARDO, MASCARREÑO MEZA JESUS RAFAEL,MASCARREÑO MEZA JUANA ELIZABETH y MASCARREÑO RIVAS RIDES RAMON,actuando en su carácter de esposa la primera de los nombrados y el resto en su carácter de hijos, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del difunto MASCARREÑO DOMINGUEZ RIDES RAMON, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad Nro. V-4.231.167, y de este domicilio y quien falleció ab-intestato, el día 26 de agosto de 2017, según consta en los Libros de Registro Civil de Defunciones llevados por ante el Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Aragua bajo el Acta N° 493, Tomo 02, folio 243 de fecha 27 de agosto de 2017. Y así se decide. Expídanse copias certificadas de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de esteTribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Cagua, a los treinta y un (31) días del mes de octubre de Dos Mil Diecisiete (2.017). Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
LA JUEZ SUPLENTE.-
ABG. PALMIRA ALVES.-
LA SECRETARIA,
ABG. BERLIX ARIAS
En la misma fecha siendo las 03:00 p.m., se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión.
LA SECRETARIA,
ABG. BERLIX ARIAS
Solicitud Nº 6512-2017.-
PA/BA/sq.-
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