REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DELMUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Villa de Cura, 02 de octubre de 2017
207° y 158°
Vista la anterior solicitud formulada por la ciudadana LUZ KARINA GONZALEZ SOLARI, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad N° V-16.905.518 y de este domicilio, debidamente asistida por el abogado PEDRO SANTODOMINGO GUEVARA, Inpreabogado N° 142.830, este Tribunal declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los Derechos sobre los bienes dejados por el ciudadano CARLOS ARMANDO GONZALEZ FLORES, quien en vida fue Extranjero, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° E-81.305.877, casado con la ciudadana LUZ HORTENCIA SOLARI DE GONZALEZ, hoy difunta, quien en vida fuera Extranjera, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad N° E-81.189.462, a los ciudadanos LUZ KARINA GONZALEZ SOLARI, JOSE MANUEL GREGORIO SOLARI y JUAN CARLOS GONZALEZ SOLARI, venezolanos los dos primeros y extrajero el ultimo de los nombrados , mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-16.905.518, V-17.298.012 y E-81.684.851, dejando a salvo los derechos de terceros Expídase copia certificada por Secretaria, que fueren menester a los solicitantes. Devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales a los interesados a los fines de ley. Todo de conformidad a lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
LA JUEZA PROVISORIA.

ABOG: DEL VALLE OSCARELYS TOVAR E.

El SECRETARIO

ABOG: DAVID MIRATIA




En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes (16) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
El SECRETARIO.


EXP N° 7122
DVOTE/DM/Javier
Sentencia N° 02-0210207