REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 21 de Septiembre de 2017
207º y 158º

ASUNTO PRINCIPAL : DP01-S-2017-001450
ASUNTO : DP01-S-2017-001450

Vistas y revisadas las presentes actuaciones de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua; constante de (01) folios útiles, contentivas de SOLICITUD DE ENTREGA FORMAL DE VEHICULO; por parte de la ABG. COROMOTO CASTILLO; y por cuanto se evidencia que las mismas se encuentran estrechamente relacionadas con la presente causa, es por lo que en consecuencia se acuerda agregar a la causa. Asimismo revisada como ha sido la presente documentación, así como las presentes actuaciones y toda vez que se evidencia que en fecha 20.09.2017 la representante de la Fiscalia 15° del Ministerio Publico Abg. MARIA ANTONIETA ZAPATA, consigno documentación del vehiculo Taxi, el cual posee las siguientes características: Marca: CHERY, modelo ORINOCO, color: BLANCO, año: 2016, placa: 7A5A8JE, serial de carrocería: LVVDC11B8GD013926; es por lo que una vez que una vez que se ha presentado ante este Despacho Judicial copia certificada de los documentos del referido vehiculo, así como de Poder Especial, conferido por parte del ciudadano LUIS BELTRAN VILLORROEL PAREJO, titular de la cedula de identidad No V- 9.690.095 a la ciudadana AQUINO GONZALEZ DORCY MERYELS, titular de la cedula de identidad No V- 14.230.631, dicho poder quedo asentado en la Notaria Publica Quinta del estado Aragua en fecha 31.08.2017, bajo el numero: 79, tomo: 220. Es importante destacar que la ciudadana secretaria del tribunal Abg. KATHERINE BELLO SOTO, realizo llamada telefónica al ciudadano LUIS BELTRAN VILLORROEL PAREJO, mediante número suministrado por parte la ciudadana AQUINO GONZALEZ DORCY MERYELS, siendo contestado por el mismo y se le interrogo acerca de las características del vehiculo, así como del poder cuya copia reposa en los autos, manifestando que efectivamente el vehiculo es de su propiedad y que otorgo el prenombrado poder. Por todo lo antes expuesto este Tribunal acuerda hacer la entrega del vehiculo con las características ya señaladas a la ciudadana AQUINO GONZALEZ DORCY MERYELS, titular de la cedula de identidad No V- 14.230.631, decisión que se toma de conformidad con lo establecido en el articulo 293 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena librar el oficio respectivo. Déjese constancia. Cúmplase con lo acordado.
LA JUEZA,

TINA CLARO IZARRA

LA SECRETARIA,

KATHERINE BELLO SOTO



TCI/katherine.-