REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
206° y 159º
SOLICITUD Nº 7434
SENTENCIA N° 05-05042018
SOLICITANTE: MARQUEZ PANTOJA BELKIS ARELIS, venezolana, mayor edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nros. V-8.729.163
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la solicitud presentada por la ciudadana MARQUEZ PANTOJA BELKIS ARELIS, venezolana, mayor edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nros. V-8.729.163, conjuntamente con los recaudos anexos, tales como: Ficha de inscripción Catastral N° 0047E/18, Levantamiento parcelario, emanados de la Dirección de Catastro, así como la autorización emanada de la Sindicatura Municipal del Municipio Zamora del estado Aragua, Planilla de Pago emanada por la Caja Municipal del Municipio Zamora del Estado Aragua, y constancia de Residencia emanada del Registro Civil Parroquial San Francisco de Asís del Municipio Zamora del estado Aragua, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de los ciudadanos: ROSMARY DEL CARMEN ALFONSO ROJAS y KAREM GILCAR ALFONZO ROJAS, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.231.590 y V-19.417.065 respectivamente, promovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana MARQUEZ PANTOJA BELKIS ARELIS, venezolana, mayor edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nros. V-8.729.163, sobre un Lote de terreno propiedad Municipal, con una extensión de terrenos que mide DOSCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS (230,00) Mts2), ubicado en: Calle Sabaneta, Casa N° 24-1, Sector Sabaneta, Parroquia San Francisco de Asís, Municipio Zamora Entidad del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 8.80 Mts. Con Terrenos del INTI; SUR: En 6.20+1.00 Mts. Con Casa que es o fue de Simón Bolívar y con Calle Sabaneta que es su frente; ESTE: En 39.40 Mts. Con Casa que es su de Petra Blanco; OESTE: En 24.50+14.90 Mts. Con Casa que es o fue de Simón León, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los Cinco (05) días del mes de Abril de Dos Mil Dieciocho (2018)
LA JUEZ,
ABG. DEL VALLE OSCARELYS TOVAR ESTRADA.
EL SECRETARIO
ABG. DAVID MIRATIA
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de Trece (13) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
EL SECRETARIO.
Solicitud N° 7434
ODTE/DM/Javier
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