En horas de Despacho del día de hoy, Lunes 14 de Agosto de 2018, siendo las 11:00 horas de la mañana, el Juez de este Tribunal, Abogado GUSTAVO POSADA VILLA, comparece y expone: en la presente acción de DAÑO MATERIAL Y DAÑO EMERGENTE (PROVENIENTE DE ACCIDENTE DE TRANSITO), incoado por los ciudadanos JUAN JOSE OLIVEIRA MAURERA Y ANARYELE ROMALINA CASTRO FEBRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedula de identidad nros. V- 8.287.283 Y V- 12. 539.424 respectivamente, de este domicilio; y sus apoderados judiciales WILMER ENRIQUE DIAZ GORDONES Y RAMON ANTONIO RODRIGUEZ CEDEÑO, inscritos en el inpreabogado bajo los nros. 220.325 y 220.289 respectivamente; Contra el ciudadano JOSE ALBERTO ZARAGOZA ALMEIDA, venezolano, mayor de edad, Titular de la cedula de identidad nro. V- 8.373.607; y sus apoderados judiciales LUIS ENRIQUE SIMONPIETRI, MIGUEL ANGEL ZARAGOZA ALMEIDA Y ANIBAL MARCANO CASANOVA, venezolanos, mayores de edad, abogados en ejercicio, inscritos en el inpreabogado bajo los nros. 15.419, 32.090 y 22.094 respectivamente; me pronuncié a través de sentencia de fecha 04/10/2017, en la cual declaré SIN LUGAR las cuestiones previas; decidiendo que no opera la caducidad y tampoco existe prohibición de la ley de admitir la acción, tal y como se puede leer en la sentencia emanada por este Tribunal, razón por la cual me INHIBO de seguir conociendo de dicha causa, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 15º del Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. Remítase en su oportunidad informe y las copias que señalaré oportunamente, al Juzgado Superior respectivo a fin de que decida la misma; igualmente una vez vencido el lapso de allanamiento, remítase el presente expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Y Transito de esta misma Circunscripción Judicial a objeto de que siga conociendo de la presente causa.

El Juez,

Abg. Gustavo Posada Villa
La Secretaria,

Abg. Milagro Palma.
Exp. Nro. 16.007
GP/MP/mp’