REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY

Que la presente acción se inició con libelo de demanda presentado por distribución en fecha 18 de Julio de 2018, por el Abogado MAYWIN JOSE HERNANDEZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-12.993.327, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 253.052, asistiendo en este acto a la ciudadano EISI JOSEFINA TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-4.906.807, que incoara en contra del ciudadano: JOSE GERMAN CELESTINO TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-4.906.806, de la demanda por RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO Y FIRMA.
Admitida la demanda en fecha 30 de Julio de 2018, se emplazó al ciudadano JOSE GERMAN CELESTINO TORREALBA, para que compareciera por ante este Tribunal dentro de los Veinte (20) días de despacho siguiente a la constancia en autos de haberse practicado su citación, dentro de las horas de despacho comprendidas dentro de las horas comprendidas entre las 8:30 a.m hasta las 3.30 p.m a dar contestación a la demanda.
Vista la diligencia suscrita por la ciudadana EISI JOSEFINA TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-4.906.807, en su carácter de demandante y el ciudadano JOSE GERMAN CELESTINO TORREALBA, venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad Nº V-4.906.806, asistidos en este acto por el Abogado TOMAS LUGO VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 96.129, mediante la cual ambas partes efectuaron una convenimiento, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su homologación de conformidad
con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en los mismos términos expuestos por ellos en el referido convenio en consecuencia Procédase como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
LA JUEZA PROVISORIA,

ISNELDA LOURDES MENDIA VILLEGAS

LA SECRETARIA,

ARELYS DIAZ


Exp. Nº 12.946
ILMV/AD/Yaha*