REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
207° y 159º
SOLICITUD Nº 7639
SENTENCIA N° 23-10082018
MOTIVO: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: Thowal Alberto Aimonetti Pérez, titular de la cédula de identidad N° V-13.811.836.
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
DECISION: PROCEDENTE
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: Thowal Alberto Aimonetti Pérez, venezolano mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-13.811.836, conjuntamente con los recaudos anexos, tales como: Ficha de inscripción Catastral N° 0208E/18, Levantamiento parcelario, emanados de la Dirección de Catastro, así como la Autorización expedida por la Sindicatura Municipal del Municipio Zamora, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de los ciudadanos: Elisa María Nieves Alfaro y Zulay Del Rosales Nadales García, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-11.051.824 y V-8.615.381 respectivamente, promovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor del ciudadano: Thowal Alberto Aimonetti Pérez, venezolano mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-13.811.836, sobre unas bienhechurías levantadas en un lote de terreno propiedad Municipal, situado en: El Sector Los Tanques Sur, Casa N° 48, Calle Zamora, Parroquia Villa de Cura, Municipio Zamora del estado Aragua, cuya área mide aproximadamente TRESCIENTOS SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON TRES CENTIMETROS CUADRADOS (372,03 MTS2), cuyos linderos y medidas son las siguientes NORTE: En 16,80 con callejón B; SUR: En 15,30 con casa que es o fue de la Familia Morgado; ESTE: En 16,70 + 08,16 Mts., con calle Zamora, que es su frente; y OESTE: En 21,50 Mts., con casa que es o fue de la Familia de Thowal Aimonetti; cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los Diez (10) días del mes de Agosto de Dos Mil Dieciocho (2018). Años 207° y 159°.de la Federación.
LA JUEZ,
ABG. DEL VALLE OSCARELYS TOVAR ESTRADA.
EL SECRETARIO
ABG. DAVID MIRATIA
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de Diez (10) folios útiles.
EL SECRETARIO
Solicitud N° 7639 OTE/DM /pmcch.-
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