REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS Y JOSE RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


La Victoria, Veintiséis (26) de Enero de Dos Mil Dieciocho (2018)
206° y 157°



Rendidas como han sido las declaraciones por los testigos, ciudadanos ARYELYS YARILET BLANCO ZERPA y JESUS RAFAEL GUEVARA MARTINEZ, venezolanos, mayores edad, solteros, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V- 18.609.448 y V-12.159.336, domiciliados en la Concepción, Calle Esperanza N° 11 y N° 15, El Consejo Municipio José Rafael Revenga del Estado Aragua, respectivamente. Éste Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, declara TITULO SUPLETORIO, suficientemente a favor de la ciudadana CARMEN JOSEFINA AQUINO, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de Identidad Nº V-4.401.046, debidamente asistida por la Abogada NAHIR SIBEL MONTERREY MARRERO, Inpreabogado N° 94.448, sobre unas Bienhechurías, que tiene un área de terreno de ciento setenta y nueve con cincuenta y un metros cuadrados (179,51 Mts), con un área de construcción de Doscientos Veinticuatro con cero centímetros cuadrados (224,00 Mts2), y se encuentra comprendidos dentro de los siguientes linderos y medidas actuales NORTE: Con casa de Darly Aquino; SUR: Con casa de Dilso Torres; ESTE: Con Calle La Esperanza y OESTE: Con terrenos de la Hacienda Ingenio La Cruz. Código catastral número 05-06-01-U02, LA CONCEPCIÓN, ubicado en La Calle La Esperanza N° 4, El Consejo, Municipio José Rafael Revenga del Estado Aragua. Todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil. CÚMPLASE.
LA JUEZA PROVISORIO


ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO.

LA SECRETARIA


Abg. LLASMIL COLMENARES.

En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de Quince (15) folios útiles, al interesado quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.-

LA SECRETARIA


Abg. LLASMIL COLMENARES.


Solicitud Nº 395-18
RDRM/LLc/at
TITULO SUPLETORIO.