REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. TRIBUNAL VIGÉSIMO SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 08 de enero de 2018.
207° y 158°

Vista la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos; así como las testimoniales promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal Vigésimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara Únicos y Universales Herederos, a favor de los ciudadanos LUÍS ABRAHAM LUNAR BELLO, LUÍS ABRAHAM LUNAR MEJÍAS, DELIA JOSEFINA LUNAR MEJÍAS y MAYRA CAROLINA LUNAR MEJÍAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 2.633.244, V-11.733.900, V-12.483.509 y V-13.310.537 respectivamente, causahabiente de la ciudadana DELIA JOSEFINA MEJÍAS de LUNAR, en vida titular de la cédula de identidad Nº V-2.636.690, fallecida ab-intestato, en fecha quince (15) de septiembre de dos mil diecisiete (2017). Entréguense las presentes actuaciones a la parte interesada, a los fines legales pertinentes.- Cúmplase.
La Juez,

Caribay Gauna
El Secretario

Arturo Robles
Exp. AP31-S-2017-006741
CG/AR/JD.-