REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio De la Coordinación
Laboral del Estado Aragua
Maracay, veintinueve de enero de dos mil dieciocho
207º y 158º

ASUNTO: DP11-L-2017-000220
PARTE ACTORA: El ciudadano JOSE GREGORIO GARCIA REYES, Venezolano, Mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.297.497.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: Abogados en ejercicio MARLIN MANIA y NORELYS PEREZ, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 170.542 y 166.662, respectivamente.

PARTE DEMANDADA: Entidad de Trabajo MANUFACTURA DE PAPEL C.A (MANPA S.A.C.A)

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Abogados en ejercicio IVAN RIVERO, LUIS TROCONIS, JOSE ARISPE HERRERA y JOSE ARISPE MATHISON, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 94.178; 18.182; 21.084 y 152.143, respectivamente.

MOTIVO: DIFERENCIA DE PAGO DE SALARIOS CAIDOS.


Ingresado como se encuentra el presente expediente procedente del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Aragua y estando dentro del lapso establecido para admitir las pruebas en el presente procedimiento de conformidad con lo establecido en el Artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal expone lo siguiente:

PRUEBAS DE LA PARTE ACTORA

CAPITULO I
PRUEBAS DOCUMENTALES
Vista las documentales consignadas por la parte demandada en la presente causa, el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 77 y 78 de la Ley Adjetiva Laboral, las admite por cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación que haga en la definitiva, las que se señalan a continuación:
-Marcado con la letra “A”, cursante desde el folio 8 al 15, constante de 8 folios útiles, promueve copia simple de recibo de pago del demandante.
-Marcado con la letra “B”, cursante desde el folio 16 al 31, constante de 15 folios útiles, promueve copia simple, de recibos de pago de la diferente rotación emitido por la entidad de trabajo.
-Marcado con la letra “C”, cursante en el folio 32, constante de 1 folio útil, promueve copia simple, de denuncia de procedimiento de reenganche, llevado por la inspectorìa del trabajo de Maracay estado Aragua.
-Marcado con la letra “D”, cursante en el folio 33, constante de 1 folio útil, promueve copia del acta del procedimiento de reenganche.



CAPITULO II
PRUEBA DE INFORMES
De conformidad a lo establecido en el artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se admite la prueba de informes, salvo su apreciación en la definitiva, por tanto, se ordena oficiar a:
-INSPECTORIA DEL TRABAJO EN EL ESTADO ARAGUA, ubicada la calle Miranda, frente el teatro la Opera, Maracay Estado Aragua, a los fines de que se sirva de informar sobre:
A)- Si por ante esta Inspectorìa del Trabajo en (SALA DE FUERO), cursa Expediente Administrativo de Reenganche y Restitución de Derechos, contra la sociedad mercantil MANUFACTURA DE PAPEL, C.A (MANPA) S.A.C.A,, Signado con nomenclatura 043-2016-01-4533. Siendo positivo informe sobre lo siguiente:
- Si en el indicado Expediente Administrativo existe providencia Administrativa donde se ordena reenganche y pago de salarios caídos y demás beneficios dejados de percibir durante el despido injustificado del ciudadano JOSE GREGORIO GARCIA REYES.
Asimismo, se deja constancia que revisadas las documentales anexas al escrito de promoción de pruebas de la parte actora, se observan dos (02) anexos, que rielan insertos a los folios 34 y 35 del presente asunto, los cuales no fueron promovidos, ni mencionados en su escrito, razón por la cual este Tribunal procede a Inadmitir dichas documentales. Así se establece.-
PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDADA

I
DOCUMENTALES
Vista las documentales consignadas por la parte demandada en la presente causa, el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 77 y 78 de la Ley Adjetiva Laboral, las admite por cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación que haga en la definitiva, las que se señalan a continuación:

-Marcado con la letra “A1, A2, A3, A4, A5, A6, A7, A8, A9, A10, A11, A12, A13, A14, A15, A16, A17, A18, A19, A20 y A21”, cursante en los folios 71 al 81, constante de 11 folios útiles, promueve copia de documento, de recibos de pago de salarios del trabajador JOSE GREGORIO GARCIA REYES, en fecha desde el 01 de agosto de 2016 hasta el 25 de diciembre de 2016.

-Marcado con la letra “B”, cursante desde el folio 82 al 87, constante de 06 folios útiles, promueve copia de Acta de fecha 01 de agosto de 2016, suscrita por el Tribunal de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control No. 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en la causa No. 4C-28.591-16, en la cual consta la detención en Flagrancia del actor JOSE GREGORIO GARCIA por los cuerpos de seguridad.
LA JUEZ,


ABG. LISSELOTT CASTILLO YÉPEZ.

EL SECRETARIO,


ABG. JOSE NAVAS.
LCY/JN/SQ.-