REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY
Que la presente acción se inició con libelo de demanda presentado por distribución en fecha 06 de Octubre de 2011, por los Abogados CHOMBEN CHONG, FRANCISCO CHONG y LILIANOTH CHONG DE BORJAS, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 4.830, 63.789 y 62.365 respectivamente, apoderados judiciales de BANESCO BANCO UNIVERSAL C. A., que incoara en contra de la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA SILPE C.A., de la demanda por COBRO DE BOLIVARES.
Admitida la demandad en fecha 30 de noviembre de 2011, se emplazó a la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA SILPE C.A., en la persona de su representante legal y fiador ciudadanos SILVANA SANOVA DE LOPEZ y GERMÁN ALFREDO LOPEZ HERNANDEZ, para que comparecieran por ante el Tribunal dentro de los veinte (20) días de despacho, siguientes a suc itación, en el horario comprendido entre las ocho y treinta de la mañana (8:30 a. m.) y tres y treinta de la tarde (3:30 p.m.) para dar contestación a la demanda.
Al folio 131, corre diligencia suscrita por la abogada Lilianoth Chong de Borjas, apoderada de la parte demandante, mediante la cual desiste del procedimiento, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derecho disponibles, este Tribunal le imparte su homologación de conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil. Procédase como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
La Jueza Provisoria
Isnelda Lourdes Mendía Villegas
La Secretaria
Arelys Díaz
Exp 10.093-11
ILMV/zs