REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


La Victoria, Doce (12) de Julio de Dos Mil Dieciocho (2018)
208° y 159°


EXPEDIENTE Nº 354-18
PARTES: AYARI ALEJANDRA DOMINGUEZ CASTRO y FRANCISCO RAMON GONZALEZ SOSA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-10.284.134 y V-10.363.314, respectivamente.
ABOGADO ASISTENTE: JUAN JOSE TERAN, Inpreabogado Nº 167.911.
MOTIVO: SENTENCIA DIVORCIO (185-A).

-I-

Se inicia el presente procedimiento solicitud de Divorcio 185-A, del Código Civil vigente por ruptura prolongada de la vida en común, introducida por los ciudadanos AYARI ALEJANDRA DOMINGUEZ CASTRO y FRANCISCO RAMON GONZALEZ SOSA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-10.284.134 y V-10.363.314, respectivamente; y en virtud de la Distribución 054-223, de fecha 14 de Diciembre del 2017, fue asignado su conocimiento, sustanciación y decisión a este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.

Cursa al folio tres (03), diligencia de fecha 18 de Diciembre del 2017, suscrita por los ciudadanos AYARI ALEJANDRA DOMINGUEZ CASTRO y FRANCISCO RAMON GONZALEZ SOSA, supra identificados, debidamente asistidos por el Abogado JUAN JOSE TERAN, Inpreabogado Nº 167.911, en la cual consignan los recaudos relacionados a la presente solicitud de Divorcio 185-A.

En fecha 08 de Enero del 2018, se admitió la solicitud de Divorcio 185-A y se ordeno Notificar al Fiscal Trigésimo Octavo del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en La Victoria, librándose Boleta de Notificación. (Folios 08 y 09).

En fecha 25 de Junio del 2018, consigno la Abogado REINA DELGADO Alguacil Titular de este Despacho, Boleta de Notificación recibida y firmada, por funcionario adscrita a la Fiscalía Trigésima Octava, ubicada en la ciudad de La Victoria, Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua. (Folios 10 y 11).

En fecha 18 de Junio del 2018, la ciudadana FLORALBA SALAZAR Fiscal Provisoria Interina Trigésimo Octavo del Ministerio Publico de la circunscripción judicial del Estado Aragua con sede La Victoria, mediante diligencia expresa que no presenta objeción al presente procedimiento de Divorcio interpuesto por los ciudadanos AYARI ALEJANDRA DOMINGUEZ CASTRO y FRANCISCO RAMON GONZALEZ SOSA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.284.134 y V-10.363.314, respectivamente. (Folio 12).

En el escrito de solicitud presentado, señalaron que habían contraído matrimonio en fecha 20 de Noviembre de 1993, por ante la Prefectura del Municipio Autónomo José Rafael Revenga Estado Aragua, según se evidencia en copia certificada del Acta de Matrimonio, signada con el Nº 167, del año 1993, que corre inserta al folio cuatro y cinco (4 y 5) del presente expediente, que durante la unión procrearon una (1) hija de nombre ALEXANDRA DEL CARMEN GONZALEZ DOMINGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-25.542.728, que establecieron su ultimo domicilio conyugal en Calle García Decena Casa Nº 65 de la Población El Consejo Municipio José Rafael Revenga Estado Aragua que se encuentran separados desde el mes de Noviembre del año 2012, asimismo manifestaron que adquirieron bienes los cuales liquidaran en su debida oportunidad,
-II-

Observa este Tribunal, que para fundamentar su demanda, las partes solicitantes, consignaron copia certificada del Acta de Matrimonio signada bajo el N°167, Año 1993, expedida por el Registro Civil del Municipio Autónomo José Rafael Revenga Estado Aragua, que corre inserta al folio cuatro y cinco (4 y 5) del presente expediente, en la cual se constata que efectivamente los ciudadanos plenamente identificados, celebraron el matrimonio civil, previo cumplimiento de las formalidades correspondientes.



-III-

Por las razones anteriormente expuesta, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la Ciudad de La Victoria, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, del Código Civil Venezolano, presentada por los ciudadanos AYARI ALEJANDRA DOMINGUEZ CASTRO y FRANCISCO RAMON GONZALEZ SOSA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-10.284.134 y V-10.363.314, respectivamente. En consecuencia se DECLARA DISUELTO el vinculo conyugal que contrajeron por ante Registro Civil del Municipio José Rafael Revenga de El Consejo Estado Aragua, según se evidencia en copia certificada del Acta de Matrimonio, signada con el Nº167, del 20 de Noviembre del año 1993, que corre inserta al folio cuatro y cinco (4 y 5) del presente expediente.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.

Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho de este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. La Victoria Doce (12) de Julio del año 2018. Años 208° de la Independencia y 159° de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIO


ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO.


EL SECRETARIO


Abg. EDWARD HERNANDEZ


En la misma fecha, siendo las tres horas de la tarde (3:00 p.m.), se publicó y registró la anterior decisión.

EL SECRETARIO


Abg. EDWARD HERNANDEZ




RDRB/Eh/atg.
Exp Nº 354-18