REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
207° y 159º
SOLICITUD Nº 7563
SENTENCIA N° 04-03072018
MOTIVO: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: Gersson Alexis Medina Betancourt, titular de la cédula de identidad N° V-16.268.707.
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
DECISION: PROCEDENTE
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: Gersson Alexis Medina Betancourt, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-16.268.707, conjuntamente con los recaudos anexos, tales como: Ficha de inscripción Catastral N° 0160E/18, Levantamiento parcelario, emanados de la Dirección de Catastro, así como la Autorización expedida por la Sindicatura Municipal del Municipio Zamora, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de los ciudadanos: José Luis Anare y Yelis Del Carmen Nieres, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-9.642.853 y V-12.738.074 respectivamente, promovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor del ciudadano: Gersson Alexis Medina Betancourt, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-16.268.707, sobre unas bienhechurías levantadas en un lote de terreno propiedad Municipal, situado en: La Calle Coqueta #3, Casa N° 5, Sector Campo Alegre, Parroquia Villa de Cura, Municipio Zamora del estado Aragua, cuya área mide aproximadamente CIENTO OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS (189,52 MTS2), cuyos linderos y medidas son las siguientes NORTE: En 21,20 con casa que es o fue de Yhoana Zarache; SUR: En 20,00 Mts., con casa que es o fue de José Luis Medina; ESTE: En 09,20 Mts., con calle Coqueta #3, que es su frente; y OESTE: En 09,20 Mts., con Terreno Municipal Ocupado; cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los Tres (03) días del mes de Julio de Dos Mil Dieciocho (2018). Años 207° y 159°.de la Federación.
LA JUEZ,

ABG. DEL VALLE OSCARELYS TOVAR ESTRADA.
EL SECRETARIO

ABG. DAVID MIRATIA
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de Nueve (09) folios útiles.
EL SECRETARIO
Solicitud N° 7563 OTE/DM /pmcch.-