ASUNTO : AP31-S-2018-004445
SOLICITANTE: ciudadana MARIELA DEL CARMEN ESCALONA RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-11.894.146.
ABOGADA DE LA SOLICITANTE: SOFIA PALENCIA VARELA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 187.294.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA: Interlocutoria con Fuerza de Definitiva.
I
ANTECEDENTES
Se inició la presente solicitud, mediante escrito presentado ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de los Tribunales de Municipio con sede en Los Cortijos de Lourdes, en fecha 21 de junio de 2018, correspondiendo el conocimiento de la misma a este Tribunal.
En fecha 25 de junio de 2018, este Tribunal dictó auto mediante el cual se le dio entrada a la presente solicitud de Titulo supletorio, presentado por la ciudadana MARIELA DEL CARMEN ESCALONA RAMIREZ, venezolana, titular de la cédula de identidad número V-11.894.146, y se instó a la interesada a consignar autorización debidamente notariada y otorgada por el propietario de la segunda planta, o el mismo deberá comparecer ante este Circuito Judicial a ratificar la misma, dándole un lapso perentorio de 20 días continuos.
En este estado transcurrido en exceso como ha sido el lapso establecido por este Juzgado en fecha 25 de Junio de 2018, a saber; 26; 27; 28; 29 y 30 de Junio de 2018; 01; 02; 03; 04; 05; 06; 07; 08; 09; 10; 11; 12; 13; 14; 15; 16; 17; 18; 19; 20; 21; 22; 23; 24, 25, 26 y 27 de Julio de 2018; para que la parte interesada consignara lo solicitado en el auto en referencia, en virtud de que el mismo es un requisito fundamental para la tramitación de la Solicitud de Titulo supletorio, y visto que hasta la presente fecha no han comparecido por ante este Tribunal a consignar lo solicitado; es forzoso para este Juzgado declarar INADMISIBLE la presente solicitud.- Y ASÍ SE DECIDE.
LA JUEZA,
Dra. JENNY MERCEDES GONZÁLEZ FRANQUIS. LA SECRETARIA,
Abg. IVONNE M. CONTRERAS R.
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