REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
206° y 159º
SOLICITUD Nº 7545
SENTENCIA N° _34 -29062018
SOLICITANTES: HILDA MARIA HERNANDEZ DE GOMEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.249.241
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA

Vista la solicitud presentada por la ciudadana HILDA MARIA HERNANDEZ DE GOMEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.249.241, conjuntamente con los recaudos anexos, tales como: Ficha de inscripción Catastral N° 0184E/18, Levantamiento parcelario, emanados de la Dirección de Catastro, así como la autorización emanada de la Sindicatura Municipal del Municipio Zamora del estado Aragua, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de los ciudadanos: JULIO CESAR MARTINEZ DIAZ y SENIA PEREZ REYES, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.347.686 y V-4.388.103, promovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana HILDA MARIA HERNANDEZ DE GOMEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.249.241, sobre un Lote de terreno propiedad Municipal, con una extensión de terrenos que mide DOSCIENTOS CUATRO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (204,75 Mts2), ubicado en: Avenida Lisandro Hernández, Calle Tucutunemo, Casa N° 3-C, Sector Las Mercedes, Parroquia Villa de Cura, Municipio Zamora, Entidad Federal del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 35.00 Mts. Con casa que es o fue de Aquiles Rafael Gómez; SUR: En 35.00 Mts. Con Casa que es o fue de Virgilio Martínez; ESTE: En 7.20 Mts. Con Carretera Nacional en medio y la posesión La Providencia que es o fue de Dionisio Infante que es su frente; OESTE: En 4.50 Mts. Con Casa que es o fue de Petra Tirado, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los Veintinueve (29) días del mes de Junio de Dos Mil Dieciocho (2018)
LA JUEZ,

ABG. DEL VALLE OSCARELYS TOVAR ESTRADA.
EL SECRETARIO

ABG. DAVID MIRATIA

En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de Diez (10) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
EL SECRETARIO.

Solicitud N° 7545
ODTE/DM/Javier