REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, once de junio de dos mil dieciocho
208º y 159º
ASUNTO: AP31-S-2018-002099
Visto la diligencia de fecha 30 de mayo de 2018, presentada por la ciudadana CARMEN CRISTINA RONDON VILLEGAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-6.929.864, asistida por el abogado LUIS AMADOR GERDEL SEIJAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 7.655, mediante la cual señaló la imposibilidad de dar cumplimiento a lo ordenando por este juzgado en fecha 23 de marzo de 2018, en lo que concierne a la consignación del permiso de construcción, emitido por la Dirección de Ingeniería Municipal correspondiente, en atención al numeral 2, literal “A” del artículo 56 y 61 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y los artículos 53 y 55 de la Ley Orgánica de Ordenación del Territorio. En consecuencia, visto que se evidencia que en el Oficio 0074, emanado por la Dirección de Ingeniería y Planeamiento Urbano Local, no consta tal permiso de construcción de la bienhechuría objeto de la solicitud, contrariando con ello el ordenamiento jurídico vigente, este tribunal se ve forzado a NEGAR la solicitud de JUSTIFICATIVO PARA PERPETUA MEMORIA, solicitada por los ciudadanos CARMEN CRISTINA RONDON VILLEGAS y EDMUNDO JOSÉ RONDON VILLEGAS, ya antes mencionados, y así se decide.
EL JUEZ,
NELSON GUTIERREZ CORNEJO.
EL SECRETARIO TEMPORAL,
WILMER EULACIO UREÑA.
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