REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
JUZGADO SEXTO DE CONTROL ESTADAL
208° y 157°
Maracay, 21 de Marzo de 2018
CAUSA N° 6C-41.840-18
JUEZ: ABG. RAQUEL NAVA ROMERO
SECRETARIO: ABG. ANA MARIA BLANCO
ALGUACIL: ERASMO GONZALEZ
FISCAL FLAG: ABG. ANA GOMEZ
IMPUTADO: JOSE ANTONIO FERNANDEZ
DEFENSA: ABG. RAMXIS GONZALEZ
DECISIÓN: DECLINATORIA DE COMPETENCIA
Visto que en la presente causa signada con el número 6C-41.840-18, nomenclatura interna de este Juzgado, la Fiscalía de Flagrancia del Ministerio Público pone a la orden de este Despacho al ciudadano JOSE ANTONIO FERNANDEZ titular de la cédula de identidad: V- 12.926.688, nacionalidad venezolana natural de Maracay Estado Aragua de 43 años de edad, estado civil soltero de profesión u oficio Comerciante Informal, residenciado en: BARRIO EL CARMEN, CALLE LA COSTA, CASA N 35, VILLA DE CURA ESTADO ARAGUA, sin embargo, este Tribunal al revisar las actuaciones que conforman la presente causa, observa que el ciudadano mencionado se encuentra solicitada por el Tribunal Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, según oficio 3909 de fecha 09-10-2012, orden de captura 0019, encarcelación N 0028, de fecha 09-10-2012, no indica delito, es por lo que este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, acuerda Declinar la presente causa, conforme a lo establecido en el artículo 80 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de que el ciudadano JOSE ANTONIO FERNANDEZ, sea oído por ante el Tribunal Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Aragua. Se acuerda sin lugar la solicitud de la defensa en cuanto a una medida menos gravosa. Se acuerda mantener detenido al imputado TORRES VARGAS DEIVY ALEXANDER, y ponerlo a la orden del tribunal correspondiente. Ofíciese lo conducente. Asiéntese en el libro de Causas y Libro Diario. Cúmplase.
EL JUEZ,
ABG. RAQUEL NAVA ROMERO
LA SECRETARIA,
ABG. ANA MARIA BLANCO
CAUSA N° 6C-41.840-18