REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 19 de marzo de 2018.
207° y 158°

Vista la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos; así como las testimoniales promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal Vigésimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara Únicos y Universales Herederos, a favor de los ciudadanos: JULIA MARÍA GUTIÉRREZ de GARCÍA, YELI MARBELIA GARCÍA GUTIÉRREZ, MANUEL JOHAN GARCÍA GUTIÉRREZ y MANUEL JUNIOR GARCÍA CLEMENTE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.402.189; V-13.865.411; V-17.868.397 y V-22.037.487, causahabientes del ciudadano MANUEL MARÍA GARCÍA, en vida titular de la cédula de identidad Nº V-4.914.817, fallecido ab-intestato, en fecha doce (12) de marzo de dos mil diecisiete (2017). Entréguense las presentes actuaciones a la parte interesada, a los fines legales pertinentes.- Cúmplase.
La Juez,

Caribay Gauna
El Secretario

Arturo Robles
Exp. AP31-S-2018-005283.-
CG/AR/JD.-