REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA

La Victoria, veintiuno (21) de mayo de dos mil dieciocho (2018).
208º y 159º

CAUSA Nº: DP31-L-2017-000552.
PARTE ACTORA: Ciudadana: MARINA DALIA GIRON DIAZ, titular de la cédula de identidad Nº V-3.840.002, viuda del ciudadano: JULIO CESAR PEREZ GORRIN, titular de la cedula de identidad V- 3.744.229.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ABG. NELSON ULISES ALVAREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 27.114.
PARTE DEMANDADA: Entidad de Trabajo: MECANIZADOS Y ESTAMPADOS POLANCO VARGAS, C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: ABG. FLERIDA DEL VALLE DIAZ, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el No. 27.854.
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

Visto los escritos de promoción de pruebas presentados por las partes en la presente causa, este Tribunal Segundo de Juicio en uso de las atribuciones que le confiere la Ley, a los fines de providenciar las mismas, de conformidad con el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se pronuncia en los siguientes términos:

PRUEBAS DE LA PARTE ACTORA

CAPITULO I

INSTRUMENTALES
.-Marcado con la letra “A” promueve, facturas de pedidos y despachos de materiales, (folio 81 al 86).
.-Marcado con la letra “B” promueve, lista de pedidos de la empresa, (folio 87 al 90).
.-Marcado con la letra “C” promueve, orden de despacho y copia cédula de identidad del ciudadano Julio Cesar Pérez, (folio 91 al 102).
.-Marcado con la letra “D” promueve, constancia de trabajo para el instituto Venezolano del Seguro Social e Inscripción (folio 103 al 108).
.-Marcado con la letra “E” promueve, tarjetas de presentación del demandante Julio Cesar Pérez, como gerente de ventas y cobranza nacional y comprobantes de depósito realizado por la empresa, del Banco Bicentenario, de fechas 01/08/ y 09/11/2017, (folio 109).
Las mismas por no ser impertinentes ni ilegales de conformidad con el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se ADMITEN salvo su apreciación en la definitiva.

PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDADA.
DOCUMENTOS.
.-Marcado con la letra “PV” y números del 01 al 04 promueve, comprobante de pedidos efectuados por la empresa Cooperativa INVERSIONES J.L 890 R.L, (folio 112 al 115).
.-Marcado con la letra “PV” y números del 05 al 11 promueve, comprobante de pedidos efectuados por la empresa INVERSIONES LOS CESARES, C.A., (folios 116 al 122).
Las mismas por no ser impertinentes ni ilegales de conformidad con el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se ADMITEN salvo su apreciación en la definitiva.

PRUEBA DE INFORME.
En cuanto a la prueba de informe solicitada a:
.- SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACION ADUANERA Y TRIBUTARIA, (SENIAT). Este Tribunal la ADMITE y da por reproducido en este Auto los puntos sobre los cuales versa la prueba, los cuales serán explanados en el Oficio respectivo. Líbrese Oficios. Así se decide.
TESTIGOS.
Los mismos se ADMITEN cuanto ha lugar en derecho, en consecuencia se ordena la comparecencia en la oportunidad de la Audiencia de Juicio, sin necesidad de notificación alguna ni de auto que lo provea, de los ciudadanos: MIGADALIA FERNADEZ, HUGAR BLANCO y JORGE GAMBOA, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 2.029.511, V-8.585.442 y V- 6.866.304, respectivamente, a los fines que respondan al interrogatorio que les formularán las partes, así como el que le formule la ciudadana Juez del Tribunal, conforme a lo establece el artículo 153 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se deja constancia que la presente actuación fue impresa en papel reciclado por lo que vale su contenido a los efectos de la tramitación de este procedimiento, es decir, “vale” sólo el anverso de la hoja.
LA JUEZA,
ABG. MERCEDES CORONADO ROJAS.
LA SECRETARIA,
ABG. LEONOR SERRANO.
MCR/ls/Aojeda.-