En horas de Despacho del día de hoy, lunes 21 de mayo de 2018, siendo las 10:00 a.m., el Juez de este Tribunal Abogado GUSTAVO POSADA VILLA, comparece y expone; me inhibo de seguir conociendo de la presente causa que por motivo de INTERDICTO DE DESPOJO, incoara el Abogado LUIS RAMON GONZALEZ RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 8.480.425, inscrito en el inpreabogado bajo el nro. 27.444, actuando en nombre y representación de la ciudadana GLADIS YSMENIA PEREZ CAMPOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad nro. V- 3.853.936, con domicilio en la calle sin nombre, (hoy calle 2), casa nro. 47, de la Urbanización La Floresta, Juanico, Este de la Ciudad de Maturín, Municipio Maturín, Estado Monagas, contra el ciudadano EDGAR MANUEL JIMENEZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio; por haber sido la difunta, ciudadana YULENG RODRIGUEZ, cónyuge del Juez, y abogada de una de las partes en el presente juicio, lo cual se desprende de las copias consignadas con el libelo; y puede afectar la subjetividad del Juez el presente juicio. Inhibición que manifiesto de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1º del Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. Y en virtud de que en el presente caso no procede allanamiento por las partes, pues no hay oportunidad de convalidación alguna, remítase el expediente al Tribunal Primero de Primera Instancia en lo civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial, a fin de que siga conociendo de la presente causa. Asimismo, se acuerda la remisión de las copias certificadas del informe de inhibición y demás actuaciones que fueren menester, al Juzgado Superior respectivo para que provea al respecto. Líbrense oficios.

El Juez,

Abg. Gustavo Posada Villa.
La Secretaria

Abg. Milagro Palma.


GPV/MP/mp’
Exp. Nº 16.438