REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS Y JOSE RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


La Victoria Once (11) de Mayo de Dos Mil Dieciocho (2018)
207° y 158°



Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana ELPIDIA LUITTE COLMENARES, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-2.991.514, debidamente asistida por el Abogado MIGUEL ANTONIO PERNÍA, Inpreabogado N° 176.046, vistas las declaraciones rendidas por los testigos, ciudadanos: JESUS MARIA HERNANDEZ BARRIOS, venezolano, mayor edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 11.183.655, domiciliado en la Calle Principal El Calvario Casa N° 2, La Victoria, Estado Aragua, ARGENIS JOSÉ GONZALEZ MORENO, venezolano, mayor edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 17.051.894, domiciliado en la Chapa, Sector Hugo Chávez, Vereda 14, Casa 205, La Victoria, Estado Aragua. Éste Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, declara TITULO SUPLETORIO, suficientemente a favor de la ciudadana ELPIDIA LUITTE COLMENARES, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-2.991.514, debidamente asistida el por Abogado MIGUEL ANTONIO PERNÍA, Inpreabogado Nº 176.046, sobre un inmueble, que tiene un área de terreno de doscientos once con cincuenta metros cuadrados (211,50 Mts2), con un área de construcción de ciento veinticinco con cero ocho metros cuadrados (125,08 Mts2) y se encuentra comprendidos dentro de los siguientes linderos y medidas actuales: NORTE: En 29,20 Mts, con casa N° 1-29; SUR: En 29,20 Mts con casa N° 1-31; ESTE: En 7,35 Mts. Con calle el Canal y OESTE: En 7,00 Mts casa N° 1-24, de la Calle El Estadio. Código catastral número 05-02-00-02-00-41-024-00-00, ubicado en la Calle El Canal, Urbanización Bolívar Sur N° 1-30, La Victoria Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. CÚMPLASE.
LA JUEZA PROVISORIO


ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO.


LA SECRETARIA TITULAR


Abg. LLASMIL COLMENARES.

En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de Diecisiete (17) folios útiles, al interesado quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.-


LA SECRETARIA TITULAR


Abg. LLASMIL COLMENARES.

Solicitud Nº 415-18
RDRM/LLc/ana.-
TITULO SUPLETORIO.