REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
La Victoria, Veinticinco (25) de Mayo de Dos Mil Dieciocho (2018)
208° y 159°
EXPEDIENTE Nº 356-18
PARTES: FRANKLIM LOMBANO MENDOZA y ELIZABETH ORTEGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.355.560 y V-13.018.359, respectivamente.
ABOGADO ASISTENTE: SILVIA RIVAS, Inpreabogado Nº 31.906.
MOTIVO: SENTENCIA DIVORCIO (185-A).
-I-
Se inicia el presente procedimiento solicitud de Divorcio 185-A, del Código Civil vigente por ruptura prolongada de la vida en común, introducida por los ciudadanos FRANKLIN LOMBANO MENDOZA y ELIZABETH ORTEGA, venezolanos, mayores de edad, titular de las cédulas de identidad Nros. V-10.355.560 y V-13.018.359, respectivamente; y en virtud de la Distribución 056-243, de fecha 15 de Diciembre del 2017, fue asignado su conocimiento, sustanciación y decisión a este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.
Cursa al folio tres (03), diligencia de fecha 18 de Diciembre del 2017, suscrita por los ciudadanos FRANKLIM LOMBANO MENDOZA y ELIZABETH ORTEGA, supra identificados, debidamente asistidos por la Abogado SILVIA RIVAS, Inpreabogado Nº 31.906, en la cual consignan los recaudos relacionados a la presente solicitud de Divorcio 185-A.
Cursa al folio seis (6), auto dictado por este Tribunal en fecha 08 de Enero de 2018, mediante el cual se insta a las partes a consignar nuevo escrito de solicitud por cuanto se evidencia error en el nombre de los cónyuges.
En fecha 17 de Abril de 2018, se recibió diligencia suscrita por los ciudadanos FRANKLIM LOMBANO MENDOZA y ELIZABETH ORTEGA, supra identificados, debidamente asistidos por la abogada SILVIA RIVAS, Inpreabogado Nº 31.906, mediante la cual consignan nuevo escrito de solicitud y acta de matrimonio debidamente subsanados. (Desde el folio 7 hasta el 10).
En fecha 18 de Abril del 2018, este Tribunal le dio entrada y ordeno agregar a los autos la diligencia de fecha 17 de Abril de 2018; Se admitió la solicitud de Divorcio 185-A y se ordeno Notificar al Fiscal Trigésimo Octavo del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en La Victoria, librándose Boleta de Notificación. (Folios 11 y 12).
En fecha 09 de Mayo del 2018, consigno la Abogado REINA DELGADO Alguacil Titular de este Despacho, Boleta de Notificación recibida y firmada, por funcionaria adscrita a la Fiscalía Trigésima Octava, ubicada en la ciudad de La Victoria, Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua. (Folios 13 y 14).
En fecha 09 de Mayo del 2018, el ciudadano YANFER RODRIGUEZ Fiscal Auxiliar Interino Trigésimo Octavo del Ministerio Publico de la circunscripción judicial del Estado Aragua con sede La Victoria, mediante diligencia expresa que no presenta objeción al presente procedimiento de Divorcio interpuesto por los ciudadanos FRANKLIN LOMBANO MENDOZA y ELIZABETH ORTEGA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.355.560 y V-13.018.359, respectivamente.
En el escrito de solicitud presentado, señalaron que habían contraído matrimonio en fecha 09 de Octubre de 1993, por ante la Prefectura del Municipio Autónomo José Rafael Revenga El Consejo del Estado Aragua, según se evidencia en copia certificada del Acta de Matrimonio, signada con el Nº 145, del año 1993, que corre inserta al folio cuatro (4) del presente expediente, que fijaron su ultimo domicilio conyugal en La Urbanización Tiquire Flores Edificio La Esmeralda Bloque 4 PB Apartamento Nº 006 El Consejo Municipio José Rafael Revenga del Estado Aragua, que se encuentran separados desde el día 12 de Junio del 2010, que durante la unión matrimonial no adquirieron bienes ni procrearon hijos.
-II-
Observa este Tribunal, que para fundamentar su demanda, las partes solicitantes, consignaron copia certificada del Acta de Matrimonio signada bajo el N°145, Año 1993, expedida por el Registro Civil del Consejo Municipio José Rafael Revenga del Estado Aragua, que corre inserta al folio cuatro (4 ) del presente expediente, en la cual se constata que efectivamente los ciudadanos plenamente identificados, celebraron el matrimonio civil, previo cumplimiento de las formalidades correspondientes.
-III-
Por las razones anteriormente expuesta, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la Ciudad de La Victoria, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, del Código Civil Venezolano, presentada por los ciudadanos FRANKLIN LOMBANO MENDOZA y ELIZABETH ORTEGA, venezolanos, mayores de edad, titular de las cédulas de identidad Nros. V-10.355.560 y V-13.018.359, respectivamente. En consecuencia se DECLARA DISUELTO el vinculo conyugal que contrajeron por ante la Prefectura del Municipio Autónomo José Rafael Revenga El Consejo del Estado Aragua, según se evidencia en copia certificada del Acta de Matrimonio, signada con el Nº 145, del 09 de Octubre de 1993, que corre inserta al folio cuatro (4) del presente expediente.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho de este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. La Victoria Veinticinco (25) de Mayo del año 2018. Años 208° de la Independencia y 159° de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIO
ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO.
LA SECRETARIA
Abg. LLASMIL T. COLMENARES.
En la misma fecha, siendo las tres horas de la tarde (3:15 p.m.), se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA
Abg. LLASMIL T. COLMENARES.
RDRB/LLc/atg.
Exp Nº 356-18
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