REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, sede Maracay
Maracay, dos (02) de Mayo de dos mil dieciocho (2018)
207º y 159º

ASUNTO: DP11-L-2017-000662

PARTE ACTORA: HAYSKELL MARTÍNEZ titular de la cédula de identidad V- 6.323.990

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: YRLANDA ESTEVES Inpreabogado Nº 80.846

PARTE DEMANDADA: Entidad de Trabajo BANESCO BANCA UNIVERSAL C.A.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: SAIRI MONTAÑO Inpreabogado Nº 100.941

MOTIVO: INDEMNIZACIÓN POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL

ADMISION DE PRUEBAS
Visto que la presente causa, fue distribuida en fecha veinte (20) de Abril de 2018 por la Coordinación Judicial de este circuito labora, siendo recibida por este tribunal en fecha veinticuatro (24) de Abril de 2018 proveniente del Juzgado Segundo (2º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Aragua, y examinados como han sido los escritos de promoción de pruebas presentados por los apoderados judiciales de las partes, YRLANDA ESTEVES, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 80.846, actuando representación del ciudadano HAYSKELL MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 6.323.990 y SAIRI MONTAÑO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 100.941, obrando en nombre de la demandada BANESCO BANCA UNIVERSAL C.A, inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha Veinticinco (25) de Junio del año dos mil siete (2007), Bajo el Nro. 42, Tomo 1605-A; estando dentro de la oportunidad de ley, se procede a decidir sobre la legalidad, pertinencia y conducencia de los medios de pruebas presentados a los fines de su admisibilidad, tal como lo determina el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, de la siguiente manera:
PRUEBAS PROMOVIDAS POR EL DEMANDANTE

CAPITULO I
DOCUMENTALES

1-) Marcado con la letra “A”, cursante en los folios 48 al 74, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 27 folios útiles, promovió copias certificadas original con sello húmedo del expediente administrativo ARA-07-IE-14-0706, de fecha 10 de agosto de 2017, emanada del Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).-

2-) Marcado con la letra “B”, cursante en los folios 75 al 78, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 4 folios útiles, promovió copia simple del certificado de enfermedad ocupacional, emanada del Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).-

3-) Marcado con la letra “C”, cursante en el folio 79, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 1 folio útil, promovió récipe medico original por el medico Cirujano Reconstrucción de la Mano y Extremidades Superiores Microcirugía.-

4-) Marcado con la letra “D1”, “D2” y “D3”, cursante en los folios 80 al 82, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 3 folios útiles, promovió récipe medico original, por el medico Fisiatra.-

5-) Marcado con la letra “E”, cursante en el folio 83, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 1 folio útil, promovió copia simple del informe medico, realizado por el medico Cirujano Reconstrucción de la Mano y Extremidades Superiores Microcirugía.-

6-) Marcado con la letra “F”, cursante en el folio 84, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 1 folio útil, promovió factura original de pago Nro. 643784 de fecha 25/10/2011, de abono a cuenta de pacientes, emanada del Centro Medico Maracay.-

7-) Marcado con la letra “G1”, “G2”, cursante en el folio 85 y 86, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 2 folios útiles, promovió copia simple de carta aval y carta de confirmación de servicios, por Banesco Seguros C.A., de fecha 24/10/2011.-

8-) Marcado con la letra “H”, cursante en el folio 87 y 88, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 2 folios útiles, promovió copia simple de la póliza de seguro, por Banesco seguros C.A., de fecha 27/10/2011.-

9-) Marcado con la letra “I1” “I2”, “I3” y “I4” cursante en los folios 89 al 92, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 4 folios útiles, promovió copia simple de evaluación pre-operatoria, de fecha 26-10-2011.-

10-) Marcado con la letra “J” “J1” y “J2”, cursante en los folios 93 al 95, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 3 folios útiles, promovió copia simple de informe operatorio, ordenes medicas e informe medico por enfermedad Tenosinovitis D Quervain Mano izquierda, evaluación pre-operatoria de fecha 27/10/2011 del Dr. Luis Martínez.-.-

11-) Marcado con la letra “K”, cursante en el folio 96, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 1 folio útil, promovió copia simple del reposo medico, emitido por el medico cirujano reconstrucción de la Mano y Extremidades Superiores Microcirugía.

12-) Marcado con la letra “L”, cursante en el folio 97, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 1 folio útil, promovió récipes médicos original, emanado por el medico Traumatólogo y Ortepedisiata de la Dra. Teresa Castro.-

13-) Marcado con la letra “L1”, cursante en el folio 98, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 1 folio útil, promovió copia simple de reposo medico, emanado por el medico Cirujano Reconstrucción de la Mano y Extremidades Superiores Microcirugía del Dr. Luis Martínez.-

14-) Marcado con la letra “LL”, cursante en el folio 99, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 1 folio útil, promovió orden medica por el medico Cirujano Reconstrucción de la Mano y Extremidades Superiores Microcirugía Dr. Luis Martínez.-

15-) Marcado con la letra “M”, cursante en el folio 100, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 1 folio útil, promovió informe medico original, por el medico Cirujano Reconstrucción de la Mano y Extremidades Superiores Microcirugía Dr. Luis Martínez.-

16-) Marcado con la letra “N”, cursante en el folio 101, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 1 folio útil, promovió informe medico original, por el medico cirujano Dra. Niurka Meléndez, medico ocupacional de la entidad de trabajo.-

17-) Marcado con la letra “Ñ”, cursante en el folio 102, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 1 folio útil, promovió copia simple del informe medico, otorgado por el medico traumatólogo, ortopedista y cirugía de la mano, Dr. José Saúl.-

18-) Marcado con la letra “O”, cursante en el folio 103, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 1 folio útil, promovió récipes médicos originales dado por el medico Cirujano Reconstrucción de la Mano y Extremidades Superiores Microcirugía Dr. Luis Martínez.-

19-) Marcado con la letra “P”, cursante en los folios 104 al 109, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 6 folios útiles, promovió informe de electromiografía original por el medico Fisiatra Dra. Alezka Escobar.-

20-) Marcado con la letra “Q”, cursante en el folio 110, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 1 folio útil, promovió factura de pago original Nro. E80703, en la maternidad la floresta C.A.

21-) Marcado con la letra “R”, cursante en el folio 111, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 1 folio útil, promovió informe de columna original, por el medico Imagenologo Dr. Blas Fernandes.-

22-) Marcado con la letra “R1”, cursante en el folio 112 y 113, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 2 folio útil, promovió factura de pago original Nro. 653066, de fecha 13/12/2012 cancelación de factura paciente.-

23-) Marcado con la letra “S”, “S1”, y “S2”, cursante en los folios 114 al 116, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 3 folios útiles, promovió copias simples de reposos médicos, emanado por los médicos Traumatólogos, Dr. Pablo Bustamante, Dr. Rubén Guerrero, Dr. Juan Villamizar y Dr. Harol Vásquez, del seguro social.-

24-) Marcado con la letra “T”, cursante en el folio 117, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 1 folio útil, promovió original de informe de resonancia magnética de columna cervical, por el medico radiólogo, Dra. Connie Peñalver.-

25-) Marcado con la letra “U”, cursante en el folio 118, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 1 folio útil, promovió original de informe de resonancia magnética de columna lumbosacra, por el medico Radiólogo, Dr. Gustavo Carrero.-

26-) Marcado con la letra “V”, cursante en los folios 119 al 124, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 6 folios útiles, promovió informe de electromiografía original, emanado por el medico Fisiatra Dra. Alezka Escobar.-

27-) Marcado con la letra “W”, cursante en el folio 125, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 1 folio útil, promovió informe medico integral original, emanado por el medico Dra. Milagros Sánchez

28-) Marcado con la letra “X”, cursante en el folio 126 y 127, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 2 folios útiles, promovió presupuesto medico original, emanado por la Dr. Angela Barradas, Coordinadora Administrativa en el Asociación Civil Nuestra Señora de Guadalupe.-

29-) Marcado con la letra “Y”, cursante en el folio 128 y 129, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 2 folios útiles, promovió informe medico original por el medico Traumatólogo ortopedista Dr. Ricardo Álvarez.-

30-) Marcado con la letra “Z”, cursante en el folio 130, de la pieza denominada| N° 1 de 1, constante de 1 folio útil, promovió récipes médicos originales por el medico Neurocirujano Dra. Miryam Araque.-

31-) Marcado con la letra “1-1” “1-2” “1-3” y “1-4”, cursante en los folios 131 al 134, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 4 folios útiles, promovió fractura de pago originales a la Maternidad la Floresta No. 131.723 y 131.724 de fecha 15/08/2013.-

32-) Marcado con la letra “2”, cursante en el folio 135, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 1 folio útil, promovió informe medico original por el medico Neurocirujano Dra. Miryam Araque, en la espera de la Carta Aval.-

33-) Marcado con la letra “3”, cursante en el folio 136, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 1 folio útil, promovió el medico Neurocirujano Dra. Miryam Araque, en la espera de Presupuestó.-

34-) Marcado con la letra “3-1” “3-2” “3-3” “3-4” “3-5” ”3-6” ”3-7” ”3-8” “3-9” ”3-10” ”3-11” “3-12” “3-13” ”3-14” “3-15”, cursante en los folios 137 al 151, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 13 folios útiles, promovió reposos médicos por el medico Traumatólogo Dr. Harol Vásquez emitido del IVSS. En copia con sello húmedo los identificados con las letras “”3-1” y “3-2” (folios 137 y 138) y en copia simple los identificados y marcados desde el “3-3” al “3-15” (folios 139 al 151).

35-) Marcado con la letra “4”, cursante en el folio 152, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 1 folio útil, promovió informe medico original, por el medico de Rehabilitación de Misión Barrio Adentro, II, S.R.I LOS COCOS.-

36-) Marcado con la letra “5-1” “5-2”, cursante en el folio 153 y 154, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 2 folios útiles, promovió récipes médicos original e copia simple de informe medico con sello húmedo y firma de la Dra. Rengifo Yelitza.-

37-) Marcado con la letra “6”, cursante en el folio 155, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 1 folio útil, promovió en original informe de Resonancia Magnética de Columna Lumbar, por el medico Radiólogo, Dra. Mariela Torcat.-

38-) Marcado con la letra “7”, cursante en el folio 156, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 1 folio útil, promovió en original informe de Resonancia Magnética de Columna Cervical, por el medico Radiólogo, Dra. Mariela Torcat.-

39-) Marcado con la letra “8”, cursante en el folio 157 y 158, de la pieza denominada N° 1 de 1, constante de 2 folios útiles, promovió copia simple del Calculo de Indemnización, emanada del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Aragua, en fecha 19 de mayo de 2015.-

Las descritas documentales se admiten cuanto ha lugar en Derecho, por no ser ilegales ni impertinentes, salvo su valoración en la definitiva, de conformidad con el artículo 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, salvo su apreciación en la definitiva. Así se decide.
CAPITULO II
PRUEBAS DE INFORMES

De conformidad a lo establecido en el artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se admite la Prueba de Informes, salvo su apreciación en la definitiva. Por tanto, se ordena oficiar a:
BANESCO SEGUROS C.A.; Ubicada en Avenida Andrés Las Delicias, Centro Comercial Empresarial Europa, Nivel PB, locales PB2 y PB, Maracay Estado Aragua, a los fines de que se sirva informar a este despacho, del particular siguiente:

a.) Si, la ciudadana HAYSKELL MERCEDES MARTINEZ MENDEZ, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad No. V.-6.323.990, adquirió una póliza de hospitalización, cirugía y maternidad.

b.) De ser afirmativo, el anterior particular, informe sobre las condiciones de pago de la póliza y cuantas pólizas suscribió.

c.) Informe al Tribunal las Estadísticas de la siniestralidad de la asegurada y cuantas veces la utilizo.

PRUEBAS PROMOVIDAS POR LA DEMANDADA:

En relación a los puntos: Primero, Segundo, Tercero y Cuarto del Punto Previo, este sentenciador indica a la parte promovente, que en aplicación del principio iure novit curia el Juez esta en el deber de conocer el derecho aplicable al caso bajo análisis, así como la normativa correspondiente y acatar la Doctrina Jurisprudencial de Casación emanada de Nuestro Máximo Tribunal; todo ello en aras de defender la integridad de la legislación y la unidad de la jurisprudencia; lo cual procede sin necesidad de alegación de parte. Y así se establece.
CAPITULO I

Indica el Tribunal a la parte promovente que ha sido reiterado el criterio de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en considerar que la reproducción del mérito favorable y probatorio de los autos que conforman este juicio, no es medio de prueba, sino la aplicación del Principio de la Comunidad de la Prueba, o de adquisición, que rige en todo el sistema probatorio venezolano y que el Juez esta obligado a aplicarlo de oficio, sin necesidad de alegación de las partes, conforme al cual una vez consten en autos dejan de pertenecer a la promoverte para tener como finalidad el esclarecimiento de la controversia, independientemente de la parte a la que favorezcan; no constituye un medio de prueba consagrado en nuestra legislación vigente, razón por la cual este Tribunal las declara inadmisibles. Así se establece.

CAPITULO II
DE LA PRUEBA DOCUMENTAL

1-) Marcada con el número “01”, copia Original de Carta de Notificación de Riesgos, emitida por Banesco, Banco Universal, constante de un (01) folio útil, de la pieza denominada N° 1 de 1, la cual riela inserta al folio 163 del presente asunto.-

2-) Marcado con el número “02” al “05”, copia Original de Notificación de Riesgos, correspondiente al año 2007, emitida por Banesco, Banco Universal, constante de cuatro (04) folios útiles, de la pieza denominada N° 1 de 1, la cual riela inserta a los folios 164 al 167 del presente asunto.-

3-) Marcado con el número “06” al “08”, copia Original de Análisis de Seguridad en el Trabajo, emitida por Banesco, Banco Universal, constante de tres (03) folios útiles, de la pieza denominada N° 1 de 1, la cual riela inserta a los folios 168 al 170 del presente asunto.-
Las descritas documentales se admiten cuanto ha lugar en Derecho, por no ser ilegales ni impertinentes, salvo su valoración en la definitiva, de conformidad con el artículo 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, salvo su apreciación en la definitiva. Así se decide.

DISPOSITIVA
Por las consideraciones que anteceden, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con sede en Maracay, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: Admitidas las pruebas promovidas por la abogada en ejercicio YRLANDA ESTEVES, inscrita en el INPREABOGADO bajo los Nos. 80.846, actuando en representación de la accionante, ciudadana HAYSKELL MERCEDES MARTINEZ MANDEZ titular de la cedula de identidad Nro. 6.323.990. SEGUNDO: Admitidas parcialmente las pruebas promovidas por el abogado SAIRI ELISA MONTAÑO QUINTERO, inscrita en el Instituto de Previsión Social de abogado bajo el Nº 100.941, obrando en nombre de la demandada BANESCO BANCA UNIVERSAL, C.A.-



PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.

Déjese copia certificada por Secretaría, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines previstos en los ordinales 3° y 9° del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, sellada y firmada en el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con sede en Maracay, a los dos (02) días del mes de Mayo de dos mil dieciocho (2018). Años 207 de la Independencia y 158 de la Federación.
EL JUEZ DE JUICIO
ABG. YVAN ALFREDO GARCIA LOZADA

EL SECRETARIO
ABG. HAROLYS PAREDES


Nota: La anterior decisión se dictó y publicó en su fecha 02 de Mayo de 2018. Se dejo copia certificada en el libro Copiador de Sentencias. Conste. Maracay. Fecha ut-supra

EL SECRETARIO
ABG. HAROLYS PAREDES


YG/NG
Resolución: PJ00172018000034