REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL VIGESIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 30 de mayo de 2018
207º y 159°
Vista la anterior solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos; así como las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos CELINA ALBA RAMIREZ ARELLANO y TOMÁS JACOB CORONADO ARELLANO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.095.708 y V-2.553.104 respectivamente, causahabientes del De-Cujus MARTHA LISSETTE CORONADO RAMIREZ, quien en vida fuera venezolana y titular de la cédula de identidad Nº V-13.688.930, fallecida Ab-Intestato, en fecha 13 de enero de 2018, en el Municipio Michelena del Estado Táchira, dejando salvo los derechos a terceros.-
Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por los solicitantes los fotostatos correspondientes.-
Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.- Cúmplase.
LA JUEZ,
ABG. ENEIDA TORREALBA.
EL SECRETARIO ACC,
ABG. JERSON BARAJAS.