REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
208° y 159º
SOLICITUD Nº 7668
SENTENCIA N° 23-19102018
SOLICITANTES: ELIEZER ELICIO BORGES DIAZ, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.253.168
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA

Vista la solicitud presentada por el ciudadano ELIEZER ELICIO BORGES DIAZ, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.253.168, conjuntamente con los recaudos anexos, tales como: Ficha de inscripción Catastral N° 0238E/18, Levantamiento parcelario, emanados de la Dirección de Catastro, así como la Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela, emanada del Presidente del Instituto Nacional de Tierras INTI, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de los ciudadanos: TOMASA JOSEFA MARTINEZ DE HURTADO y ROSA MARGARITA ESCALONA AROYO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.048.208 y V-11.053.122 promovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor del ciudadano ELIEZER ELICIO BORGES DIAZ, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.253.168, sobre un Lote de terrenos propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), con una extensión de terrenos que mide UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (1.485,00 Mts2), ubicado en: Calle 1° de Diciembre, Casa N° 37, Sector Cortijo, Parroquia Valle de Tucutunemo, Municipio Zamora Entidad Federal del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 27,00 Mts. Con Casa que es o fue de Enrique Carmona; SUR: En 27,00 Mts. Con Calle 1° de Diciembre que es su frente; ESTE: En 55,00 Mts. Con Casa que es o fue de Julián Ceballos y Juana Oropeza; OESTE: En 55,00 Mts. Con Casa que es o fue de Canuta Giron, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los Diecinueve (19) días del mes Octubre de Dos Mil Dieciocho (2018)
LA JUEZ SUPLENTE,

ABG. ISABEL CRISTINA MOLINA U. EL SECRETARIO
ABG. DAVID MIRATIA
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de Diez (10) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
EL SECRETARIO.
Solicitud N° 7668
ICMU/DM/Javier