REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
208° y 159º
SOLICITUD Nº 7681
SENTENCIA N° 31-24102018
MOTIVO: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: Darwuin Francisco Villamizar Bravo, titular de la cédula de identidad N° V-12.737.170.
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
DECISION: PROCEDENTE
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: Darwuin Francisco Villamizar Bravo, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-12.737.170, conjuntamente con los recaudos anexos, tales como: Ficha de inscripción Catastral N° 0088E/18, Levantamiento parcelario, emanados de la Dirección de Catastro, así como Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela de fecha: 28 de mayo de 2014, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de los ciudadanos: Alexis Ramón Méndez Rattia y Charli Lachea Bravo, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-7.283.413 y V-13.573.518 respectivamente, promovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor del ciudadano: Darwuin Francisco Villamizar Bravo, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-12.737.170, sobre unas bienhechurías levantadas en un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), situado en: La calle El Estadio, casa 01-69, Sector El Carmen, Parroquia Augusto Mijares, Municipio Zamora del estado Aragua, cuya área mide aproximadamente CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON VEINTIDOS CENTIMETROS CUADRADOS (446.22MTS2), cuyos linderos y medidas son las siguientes NORTE: En 15,74 Mts., con casa que es o fue de Yaneth Bolívar; SUR: En 15,74 Mts., con calle El Estadio, que es su frente; ESTE: En 28,35 Mts., con casa que es o fue de Rosario Villamizar; y OESTE: En 28,35 Mts., con casa que es o fue de Leticia de Ferreira; cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los Veinticuatro (24) días del mes de Octubre de Dos Mil Dieciocho (2018). Años 208° y 159°.de la Federación.
LA JUEZA SUPLENTE
ABG. ISABEL CRISTINA MOLINA UZCATEGUI EL SECRETARIO
ABG. DAVID MIRATIA
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de Diez (10) folios útiles. EL SECRETARIO
Solicitud N° 7681 ISCU/DM /pmcch.-
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