REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
208° y 159º
SOLICITUD Nº 7711
SENTENCIA N° 55- 31102018
SOLICITANTE: YAJAIRA CAROLINA MORALES TORREALBA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.829.512.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la solicitud presentada por la ciudadana YAJAIRA CAROLINA MORALES TORREALBA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.829.512, conjuntamente con los recaudos anexos, tales como: Ficha de inscripción Catastral N° 0249E/18, Levantamiento Parcelario y Gaceta Oficial de fecha 28 de mayo de 2014, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de los ciudadanos: JOSE RAUL DE GOUVEIA Y JUAN ROGELIO DE GOUVEIA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.733.165 y V-10.458.844, promovidas y evacuadas al efecto por ante este Tribunal, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana YAJAIRA CAROLINA MORALES TORREALBA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.829.512, sobre un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), con una extensión de terrenos que mide MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CINCO CENTIMETROS CUANDRADOS (1.195,65 Mts2), ubicado en: Calle Bolívar, Sector Las Lomas de Coco Frio, Zona Urbanizada parte del Asentamiento Campesino Coco Frío, Carretera Nacional Villa de Cura - San Juan de los Morros, Municipio Zamora Entidad Federal del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORESTE: En 16.40+27.36+6.06+11.76 Mts, Con Paso de Servidumbre del Asentamiento también llamado Calle Bolívar; SURESTE: En 20.66+26.00 Mts. Con Parcela que es o fue de Julia Mejías; SUROESTE: En 19.00+16.46 Mts. Con Parcela que es o fue de Julia Mejías; OESTE: En 33.16 Mts. Con Servidumbre del Acueducto Comunal y Parcelas que son o fueron de Gory Parra y María Carrillo, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los Treinta y Un (31) días del mes de Octubre de Dos Mil Dieciocho (2018)
LA JUEZ SUPLENTE,
ABG. ISABEL CRISTINA MOLINA.
EL SECRETARIO
ABG. DAVID MIRATIA
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
EL SECRETARIO
Solicitud N° 7711 - ICMU/DM