REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
208° y 159º

SOLICITUD Nº 7843
SENTENCIA N° 1 -01082019
SOLICITANTE: MARISELA JOSEFINA PADRON DE GUEDEZ, venezolana, mayor edad, casada, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 5.115.350.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA

Vista la solicitud presentada por la ciudadana MARISELA JOSEFINA PADRON DE GUEDEZ, venezolana, mayor edad, casada, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 5.115.350, conjuntamente con los recaudos anexos, tales como: Certificado de Empadronamiento N° CE:000713, Levantamiento parcelario, emanados de la Dirección de Catastro Y Ejido, y Poder Especial emanado del Servicio Autónomo de Registros y Notarias SAREN), documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de los ciudadanos: MAGALY YNFANTE LOPEZ y ROSTERBETH FLORES ROJAS, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.828.955 y V-20.818.798 promovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana MARISELA JOSEFINA PADRON DE GUEDEZ, venezolana, mayor edad, casada, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 5.115.350, sobre un Lote de terrenos propiedad Municipal, con una extensión de terrenos que mide CUATROCIENTOS VEINTINUEVE METROS CON SETENTA Y TRES CENTIMETROS CUADRADOS (429,73 Mts)2, ubicado en: Calle La Quebrada, Casa S/N°, Sector La Lagunita, Parroquia Valle de Tucutunemo, Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 19,20 Con Casa que es o fue de Orlando Muñoz; SUR: En 22,27 Mts. Con casa que es o fue de Nancy Valera; ESTE: En 10,40 Mts. Con Casa que es o fue de Martín Álvarez; OESTE: En 9,50 Mts. Con Calle La Quebrada que es su frente. Cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los Primeros (01) días del mes Agosto de Dos Mil Diecinueve (2019).
LA JUEZ PROVISORIA,


ABG. DEL VALLE OSCARELYS TOVAR E.
EL SECRETARIO
ABG. DAVID MIRATIA
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de Dieciséis (16) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
EL SECRETARIO.

Solicitud N° 7873
DVOTE/DM/Javier