IV. DISPOSITIVA
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida en fecha 17 de Septiembre de 2019, por el abogado GIOVANNI CAGGIA en su carácter de apoderado Judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES MASPADI, S.R.L., parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 17 de junio 2019, por el Juzgado Décimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del `Área Metropolitana de Caracas,que declaro no ha lugar la confesión ficta del ciudadano PATRICIO JAVIER RUBIO ANGUITA en el Juicio de Desalojo interpuesto por la dociedad mercantil INVERSIONES MASPADI, S.R.L., contra el ciudadano PATRICIO JAVIER RUBIO ANGUITA
Marzo del año dos mil diecinueve (2.019). Años: 208° de la Independencia y 159° de la Federación.
LA JUEZ,
Dra. INDIRA PARIS BRUNI.
EL SECRETARIO,
ABG. JHONME NAREA TOVAR.
En la misma fecha se dictó y publicó el anterior fallo, siendo las once de la mañana (11:00 am).
EL SECRETARIO,
ABG. JHONME NAREA TOVAR.
IPB/JNT/yis
Exp. N° AP71-R-2019-000349
DESALOJO.
Materia: Civil
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