REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL ÚNICO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 15 de Enero de 2019
208º y 159º

ASUNTO PRINCIPAL: DP01-S-2012-001322
ASUNTO : DP01-S-2012-001322

JUEZ: NESTOR EDUARDO ZUÑIGA SOSA
FISCAL 11. JASMINE MAIZ
MÉDICO FORENSE DR. CARLOS SUAREZ
SECRETARIA: YUMAIRA PACHECO

ACTA DE AUDIENCIA ESPECIAL DE SALUD

El día de hoy 15 de enero de 2019, siendo las (11:19) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la AUDIENCIA ESPECIAL DE SALUD, en la Sala de Audiencias, de este Tribunal Único De Primera Instancia En Función De Ejecución Del Circuito Judicial En Materia De Delitos De Violencia Contra La Mujer Del Estado Aragua, de este Circuito Judicial Penal, a los fines celebrar la audiencia especial a la que se refiere el artículo 88 de la ley especial y el articulo 43 y 83 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela ; se constituyó el Juez Abg. NESTOR EDUARDO ZUÑIGA SOSA, conjuntamente con la Secretaria YUMAIRA PACHECO y el alguacil respectivo, estando presentes: la ciudadana fiscal 11 Abg. JASMINE MAÍZ, Médico Forense Dr. CARLOS SUÁREZ, con la finalidad de realizar una amplia explicación sobre el informe médico remitido del servicio médico del INTERNADO JUDICIAL RODEO II del Estado Miranda, de fecha 11-01-2019 suscrito por el Médico DANIEL GUTIÉRREZ. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al Médico Forense quien expone lo siguiente: Es un paciente portador de diabetes tipo II actualmente se encuentra descompensado, se diagnostica infección de la piel en las partes blandas lo cual produce un alto riesgo a que este paciente pueda caer en un estado de coma diabético por el aumento de la descompensación metabólica, como consecuencia del proceso infeccioso por lo cual se sugiere que este paciente debe ser trasladado al hospital para ser evaluado por el servicio de medicina interna y endocrinología, ya que este paciente presenta un acceso de gran tamaño en la región occipital de la cabeza, lo que lo predispone a que si ese acceso drena hacia cavidad craneal se contamina el cerebro y se produce una meningitis lo cual puede producir la muerte, podemos observar que este paciente corre el riesgo de muerte por las condiciones en la cual se encuentra recluido ya que no cuenta con el aseó adecuado ni el tratamiento correspondiente para su recuperación, “es todo”. Asimismo se procede abrir el ciclo de preguntas y respuestas, PREGUNTAS DE LA FISCAL 11° JASMINE MAÍZ: A-¿ La condición del penado de autos es grave letal y de riesgo de muerte?, B- El riesgo de muerte esta latente ya que se supone que no debe estar recibiendo ningún tratamiento, lo predispone a que se incremente mas la descompensación metabólica, eso lo va a ingresar a un estado de coma diabético del cual no va a salir ya que en la situación en la que se encuentra sin la atención adecuada es un paciente que esta en un alto riesgo de muerte , el proceso infeccioso, si se incrementa mas aun eso le va a seguir incrementando la descompensación metabólica, lo cual lo va a ingresar a un estado de coma. A-¿Cuándo le señala que el tratamiento es insulinodependiente a que se refiere?, B- es porque el paciente depende de la insulina ya que se esta hablando de un paciente que requiere de insulina, para regular la azúcar en su sangre, A- ¿Hace 6 meses inicia historia actual… a la descompensación metabólica, pero se esta descompensado al proceso infeccioso que tiene, como podemos saber? B- Porque la diabetes ya esta en la sangre, ya esta dulce se convierte en un medio de cultivo mayor por eso agrava la infección en la piel ya que estas bacteria se encuentran en un habitad ideal para su proliferación y fácilmente puede germinar y reproducirse, es un paciente que no tiene el aseo adecuado, ese proceso infeccioso esta produciendo acceso lo que tiene en la región occipital es un acceso que va a seguir creciendo y puede agarrar la región facial, ese acceso puede drenar hacia la cavidad craneal y producir el proceso infeccioso del cerebro que se conoce como meningitis ya que no esta recibiendo ningún tipo de antibióticos intravenoso., A-¿Tiene riesgo de muerte?, B- Si muy alto. A-¿Indica usted en su exposición que el esta pasando por un proceso infeccioso, puede usted indicar al Ministerio público que recibir tratamiento antibióticos con todas las condiciones actas o idóneas para su mejoría puede recuperar su salud?, B- Eso va a depender de la respuesta que debe tener paciente, ya que no solo el cráneo tiene otras partes del cuerpo infectadas, entonces va a depender de los cuidados que el reciba en el hospital y recibir los antibióticos adecuadas, para la bacteria que tiene, mantenerlo allí para que el proceso de recuperación sea mayor. SEGUIDAMENTE SE PRONUNCIA LA FISCAL 11° JASMINE MAYZ : Escuchado así al experto forense en vista de la condición de riesgo del que se encuentra el penado de autos y que se cuenta con la testificación del médico forense en relación al informe médico emanado por el servicio médico del Internado Judicial RODEO II evaluación integral al penado de autos en fechas recientes vale decir 11-01-2019 del corriente año, el Estado venezolano llamado a la garantía a los derechos fundamentales Vida, salud, libertad y debido proceso, debe velar por los mismos sean preservados, previstos estos y amparados en nuestro magno Instrumento jurídico por lo que dada la condición de salud actual del ciudadano PEÑA BURGOS JOEL FERNANDO cedula de identidad 12.570.800, recluido actualmente en el Internado Judicial Rodeo II con sede en el Estado Miranda, el Ministerio público solicita al tribunal valore el criterio del médico forense a objeto de que se garantice el derecho a la salud y a la vida del penado de autos y estudie la posibilidad de acordar un cambio de sitio de reclusión donde se pueda mejorar la condición de salud del penado, de igual manera esta representante fiscal solicita al tribunal que de conceder un cambio de SITIO DE RECLUSIÓN inste al penado la consignación de informes médicos que demuestren su mejoría o no en cuanto a la condición actual que presente, es todo. Solicita copia simple de la presente acta, “es todo”. En acto seguido el ciudadano juez, ABG. NESTOR ZUÑIGA SOSA, realiza la siguiente pregunta: A-¿En cuánto al centro donde se encuentra recluido cree que esa patología de ese ciudadano se puede mejorar donde el se encuentra recluido actualmente, se puede mejorar su condición de salud? B- No creo ya que el no esta recibiendo la atención adecuada, tiene 6 meses con una descompensación por proceso infeccioso, por lo cual allí no esta bien atendido, A-¿En cuánto al sistema inmunológico puede haber una mejoría si el penado se encuentra en otro ambiente? B- si en un ambiente mas limpio y bajo el cuidado de alguien ya los cuidados van a hacer diferentes ya que él mismo se podrá bañar todos los días, más el suministro de antibióticos a la hora adecuada que él va recibir, esto mejorara su calidad de vida, “es todo”. Acto seguido, este TRIBUNAL ÚNICO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, ACUERDA ÚNICO: Decisión de la AUDIENCIA ESPECIAL DE SALUD por causa que lleva en su contra el penado de auto JOEL FERNANDO PEÑAS BURGOS, este Tribunal se pronunciara por auto separado, Conforme al artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal, esta decisión se publicará dentro del lapso previsto estando las partes a derecho, por lo que no procede su notificación. En consecuencia, queda entendido, que el primer (1°) día de despacho siguiente al de hoy, comenzará a correr el lapso de Ley para interponer recurso contra este fallo. ES TODO. TERMINÓ. SE LEYÓ y CONFORMES FIRMAN:

EL JUEZ;

ABG. NESTOR ZUÑIGA SOSA

LA SECRETARIA,

ABG. YUMAIRA PACHECO